RESCISION DE CONTRATO DE CONCESION. DELSIMAR S.A.




Promulgación: 19/01/2009
Publicación: 09/02/2009
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2009
  •    Página: 141
VISTO: estos antecedentes relacionados con la rescisión de la concesión
otorgada a la firma DELSIMAR S.A.

RESULTANDO: I) Que por Resolución de fecha 28 de noviembre de 2002 el
Poder Ejecutivo adjudicó a la citada firma el llamado a Licitación Pública
Internacional Nº 17/01 para que en régimen de Concesión de Obra Pública
usufructúe el Predio e Instalaciones de la ex firma ASTRA PESQUERIAS
URUGUAYAS S.A. en el Puerto de La Paloma, Departamento de Rocha.

II) Que con fecha 29 de enero de 2003 la Dirección Nacional de Hidrografía
del Ministerio de Transporte y Obras Públicas suscribió conjuntamente con
DELSIMAR S.A., el pertinente Contrato de Concesión.

III) Que durante la ejecución del contrato de concesión de que se trata,
las oficinas técnicas competentes de la citada Unidad Ejecutora, han
constatado reiterados incumplimientos contractuales por parte de la
empresa, razón por la cual en esta instancia solicitan la rescisión de la
concesión, como asimismo, la aplicación de multas, ejecución de garantías
y solicitud de daños y perjuicios.

IV) Que el 9 de octubre de 2008 la Administración le otorgó vista a la
empresa en cuestión, presentando ésta los descargos del caso, la que alega
que no ha existido incumplimiento alguno que justifique la rescisión
objeto de los presentes obrados, siendo a su juicio el Estado el
responsable de la inactividad en la que se encuentra.

V) Que la División Servicios Jurídicos del Ministerio de Transporte y
Obras Públicas, a través de su Departamento Letrada, emitió el informe del
caso, concluyendo en los mismos términos de los informes formulados por
las oficinas técnicas de la Dirección Nacional de Hidrografía, donde surge
que analizada la nota presentada por DELSIMAR S.A. al evacuar la vista, no
se aportan por ésta, nuevos elementos que modifiquen lo expresado
oportunamente.

CONSIDERANDO: que dados los pronunciamientos técnicos y jurídicos
mencionados, se procederá en la forma aconsejada a fin de rescindir el
vínculo contractual entre las partes.

ATENTO: a lo expuesto.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Rescíndese, el Contrato de Concesión suscrito con fecha 29 de enero de
2003 entre el Ministerio de Transporte y Obras Públicas y la firma
DELSIMAR S.A., por incumplimiento de ésta última, cuyo objeto fuera el
usufructo en régimen de Concesión de Obra Pública, del Predio e
Instalaciones de la ex firma ASTRA PESQUERIAS URUGUAYAS S.A. en el Puerto
de La Paloma, Departamento de Rocha.

TABARE VAZQUEZ - VICTOR ROSSI 
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