AUTORIZACION AL MIDES LA PRORROGA DE LAS CONTRATACIONES DE LOS FUNCIONARIOS QUE SE DETERMINAN, PREVISTA EN EL ART. 92 DE LA LEY 19.121




Promulgación: 26/12/2025
Publicación: 12/01/2026
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la gestión promovida por el Inciso 15, "Ministerio de Desarrollo Social", por la cual se solicita la prórroga de las contrataciones de siete funcionarios, en régimen de Contrato de Trabajo, de acuerdo a lo establecido en el artículo 92 de la Ley N° 19.121, de 20 de agosto de 2013;

   RESULTANDO: I) que por Resoluciones del Poder Ejecutivo, de fechas 19, 22 y 28 de diciembre de 2017 y 24 de enero de 2018, se autorizó al Inciso 15, "Ministerio de Desarrollo Social", a contratar en régimen de Contrato de Trabajo, previsto por el artículo 92 de la Ley N° 19.121, de 20 de agosto de 2013, entre otros, a las personas que se detallan a continuación: María Machado, Juan Olivera, Mauricio Arreseigor, Diego Guijarro, Carina Bordes, Carolina Mutay y Lía Fernández;

   II) que por Resoluciones del Poder Ejecutivo, de fecha 30 de enero y 22 de mayo de 2020, se autorizó a prorrogar los Contratos de Trabajo suscriptos por los citados funcionarios, de acuerdo al artículo 92 de la Ley N° 19.121, de 20 de agosto de 2013;

   III) que por Resoluciones del Poder Ejecutivo, de fecha 31 de enero de 2022 y 4 de febrero de 2022 se autorizó a prorrogar nuevamente dichos Contratos de Trabajo, de acuerdo al artículo 92 de la Ley N° 19.121, de 20 de agosto de 2013;

   IV) que por Resoluciones del Poder Ejecutivo, de fecha 29 y 31 de enero de 2024 se autorizó una tercera prórroga de dichos Contratos de Trabajo, de acuerdo al artículo 92 de la Ley N° 19.121, de 20 de agosto de 2013;

   CONSIDERANDO: I) que subsisten las necesidades del servicio que motivaron las referidas contrataciones, por lo cual resulta necesario prorrogar los contratos de los referidos funcionarios a fin de atender los cometidos que son competencia del Inciso 15, "Ministerio de Desarrollo Social";

   II) que se han recabado los informes de la Oficina Nacional del Servicio Civil y de la Contaduría General de la Nación;

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo 5 del Decreto N° 118/014, de 30 de abril de 2014;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

   Autorízase al Inciso 15, "Ministerio de Desarrollo Social", a prorrogar las contrataciones en régimen de Contrato de Trabajo, previsto por el artículo 92 de la Ley N° 19.121, de 20 de agosto de 2013, de los funcionarios que se detallan a continuación:
   

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Resolución Nº 370/025 de 
26/12/2025.

2

   El plazo de las referidas prórrogas será de dos años a partir del día 1° de febrero de 2026.

3

   Impútese la erogación de las referidas prórrogas al Inciso 15 Ministerio de Desarrollo Social, Unidad Ejecutora 001, Programa 401, Proyecto 000, Objeto del Gasto 031, Auxiliar 009.

4

   Regístrense las presentes contrataciones en el Registro de Vínculos con el Estado.

5

   Publíquese y notifíquese a los citados funcionarios. Cumplido archívense las presentes actuaciones.

   YAMANDÚ ORSI - GONZALO CIVILA - GABRIEL ODDONE
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