VISTO: la gestión promovida por la empresa FADISUN S.A. ante la
Administración Nacional de Puertos, solicitando autorización para prestar
servicios en el Puerto de Montevideo.
RESULTANDO: I) Que dicha solicitud refiere a la habilitación para prestar
servicios "Al Buque" en la categoría "Reparaciones Navales" en el
mencionado Puerto y su correspondiente inscripción en el Registro General
de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios.
II) Que la Unidad de Contralor de los Servicios Portuarios de la
Administración Nacional de Puertos controló la documentación aportada por
la interesada informando el cumplimiento de los requisitos administrativos
y económicos requeridos en primera instancia.
III) Que por Resolución Nº 50/3316 de 11 de febrero de 2004, el Directorio
de la citada Administración Nacional, autorizó la mencionada habilitación,
supeditada a la aprobación del Poder Ejecutivo.
CONSIDERANDO: que elevados los antecedentes al Ministerio de Transporte y
Obras Públicas se expidieron la Asesoría Técnica en Asuntos Portuarios y
el Departamento Letrado, sin encontrar objeciones técnicas ni jurídicas a
la gestión.
ATENTO: a lo dispuesto por el Decreto Nº 413/992 de 1º de setiembre de
1992.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Apruébase la habilitación otorgada por la Administración Nacional de
Puertos, por Resolución de Directorio Nº 50/3316 de 11 de febrero de
2004, a la empresa FADISUN S.A., para prestar servicios "Al Buque" en la
categoría "Reparaciones Navales" en el Puerto de Montevideo.