OTORGAMIENTO DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. ALUR S.A. ENTICOR S.A.




Promulgación: 27/03/2003
Publicación: 03/04/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: La solicitud del Comité de Base ALUR S.A. a fin de que se amplíe 
el beneficio de Seguro por Desempleo, que abona el Banco de Previsión 
Social, a 49 (cuarenta y nueve), de los ex trabajadores de ALUR S.A. que 
figuran en la planilla de ENTICOR S.A.

RESULTANDO: Que el grupo de trabajadores ha formalizado un nuevo 
emprendimiento a los efectos de mantener la mano de obra.

CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los 
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-ley Nº 
15.180.

II) Que resulta conveniente conceder una extensión del amparo al Seguro 
por Desempleo, a efectos de permitir a los referidos trabajadores a 
efectos de posibilitar la viabilidad del nuevo proyecto.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo 
10º del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 RESUELVE                                 

1

 Amplíase por el plazo de 90 (noventa), días el beneficio del Seguro por 
Desempleo que concede el Banco de Previsión Social a 49 (cuarenta y 
nueve) ex trabajadores de la firma ALUR S.A. que figuren en la planilla 
de trabajo de ENTICOR S.A. y se encuentren en condiciones legales de 
acceder al mismo.

2

 El monto del Subsidio, que por esta Resolución se concede, se liquidará 
de conformidad a lo que dispone el artículo 6º del Decreto Ley Nº 15.180 
de 20 de agosto de 1981.

3

 COMUNIQUESE, publíquese, etc.

BATLLE - SANTIAGO PEREZ DEL CASTILLO


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