INTERVENCION ADMINISTRATIVA DE SOCIEDAD COMERCIAL. PRORROGA. INDAGRO SA. PALMARES DE CASTILLOS SA. SAN CARLOS SA




Promulgación: 02/09/1983
Publicación: 27/09/1983
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 1983
  •    Página: 397
Visto: estas actuaciones relacionadas con la prórroga del plazo otorgado
a la Inspección General de Hacienda en su carácter de liquidadora del
Grupo Económico integrado por las empresas "Indagro S.A." Establecimiento
Palmares de Castillos S.A. y Establecimiento Frigorífico San Carlos S.A.

Resultando: I) Que con fecha 27 de abril de 1978 la ley 14.774, declaró
en estado de liquidación a las empresas de referencia y creó una Comisión
Liquidadora cuyo mandato, expiró el 23 de enero de 1981;

II) Que en virtud de lo dispuesto por el artículo 5º de la ley citada, el
Poder Ejecutivo por resolución 135/981, de 6 de febrero de 1981 encomendó
a la Inspección General de Hacienda la prosecución de la gestión
liquidadora, otorgándose un plazo de un año, a tal fin.

III) Que habiendo vencido dicho plazo el 23 de enero de 1982 la
liquidación ha seguido funcionando de hecho, por cuanto existían bienes
de activo fijo (muebles e inmuebles) cuya enajenación era necesaria, así
como la recuperación de bienes muebles pertenecientes al Grupo en
liquidación, la verificación de denuncias de créditos, acreedores
laborales, etc.

Considerando: I) Que a pesar del llamado público a interesados en la
adquisición de los inmuebles pertenecientes a las empresas en liquidación,
no se presentaron oferentes, restando asimismo la culminación de algunas
acciones judiciales, lo que torna necesario la prolongación por un lapso
prudencial del mandato otorgado.

II) Que si bien se ha procurado finalizar las tareas inherentes a la
Liquidación, imponderables que aún subsisten han obstado a su culminación,
tornando necesario la fijación de un último plazo hasta el 24 de enero de
1984, a cuyo término la Inspección General de Hacienda deberá elevar un
informe final de su actuación;

III) Que para el caso eventual de que al vencimiento del mismo quedaran
tareas pendientes de liquidación el Poder Ejecutivo determinará lo
necesario para concluirlas.

Atento: a lo informado por la Inspección General de Hacienda y la
Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión,

                        El Presidente de la República

                                RESUELVE:

1

     Prorrógase hasta el 24 de enero de 1984 el plazo acordado por el
numeral 2º de la resolución del Poder Ejecutivo 135/981, de 22 de enero
de 1981 a efectos de que la Inspección General de Hacienda continúe
desempeñando los cometidos asignados por la misma relativos a la
liquidación del Grupo Patrimonial determinado por la ley 14.774, de 27
de abril de 1978. 
Referencias al numeral

ALVAREZ - WALTER LUSIARDO AZNAREZ - JUAN A. CHIARINO ROSSI - CARLOS MATTOS
 MOGLIA - JULIO CESAR ESPINOLA
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