Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: La solicitud del SINDICATO UNICO NACIONAL DE TRABAJADORES DEL MAR
Y AFINES (SUNTMA) a fin de que se le otorgue el beneficio de Seguro por
Desempleo, que abona el Banco de Previsión Social, a 1 (uno) trabajador
de la empresa pesquera EDOLUR S.A. y se modifique la resolución de fecha
3 de mayo de 2006 solamente respecto a un trabajador por haberse padecido
error en el nombre de la empresa a la cual pertenece.
RESULTANDO: Que dada la situación por la que atraviesan las empresas
pesqueras, el personal de varias de ellas fue enviado al Seguro por
Desempleo, incluyendo a un trabajador que ya ha agotado el periodo legal
de 6 meses de Seguro por Desempleo.
CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-ley Nº
15.180.
II) Que resulta conveniente conceder una extensión del amparo al Seguro
por Desempleo dado que se están llevando a cabo gestiones a fin de
arribar a un acuerdo entre las partes, y mantener así la fuente de
trabajo a dicho personal.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo
10º del Decreto Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Amplíase por el plazo de 90 (noventa) días, el beneficio del Seguro por
Desempleo que concede el Banco de Previsión Social a 1 (uno) trabajador
de la empresa pesquera EDOLUR S.A.
Modifíquese la resolución de fecha 3 de mayo de 2006, en el sentido de
ampliar por el plazo de 90 (noventa) días el beneficio del Seguro de
Desempleo a un trabajador de la empresa MINDAN S.A. que por error del
Sindicato había sido incluido en el listado de la empresa Torbey S.A.
El monto del Subsidio, que por esta Resolución se concede, se liquidará
de conformidad a lo que dispone el artículo 6º del Decreto Ley Nº 15.180,
de 20 de agosto de 1981.