VISTO: el proyecto presentado por IWERYL S.A. para la instalación de una
central generadora de energía eléctrica de 3,6 MW de fuente eólica.
RESULTANDO: que se solicita autorización para generar energía eléctrica
utilizando energía eólica como fuente primaria, de acuerdo a lo previsto
en los artículos 53 y 54 del Reglamento del Mercado Mayorista de Energía
Eléctrica.
CONSIDERANDO: I) que de acuerdo a lo establecido en el artículo 53 del
Reglamento del Mercado Mayorista de Energía Eléctrica, aprobado por
Decreto N° 360/002 de 11 de setiembre de 2002, es cometido del Poder
Ejecutivo autorizar todo emprendimiento de generación;
II) que en opinión de la Dirección Nacional de Energía se han cumplido con
los requisitos exigidos por la normativa vigente.
ATENTO: a lo expuesto y lo previsto por el Decreto-Ley N° 14.694 de 1° de
setiembre de 1977, el Decreto-Ley N° 15.031 de 4 de julio de 1980, con las
modificaciones introducidas por la Ley N° 16211 de 1° de octubre de 1991,
la Ley N° 16.832 de 17 de junio de 1997, el Decreto N° 360/002 de 11 de
setiembre de 2002, el Decreto N° 72/010 de 22 de febrero de 2010, el
Decreto N° 174/013 de 11 de junio de 2013 y lo informado por la Asesoría
Jurídica del Ministerio de Industria Energía y Minería.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
Autorízase a IWERYL S.A. a generar energía eléctrica de fuente eólica,
mediante una central generadora de 3,6 MW, según anteproyecto presentado,
ubicada en el predio empadronado con el número 5.442 del octavo distrito
catastral del departamento de Durazno, así como su conexión al "Sistema
Interconectado Nacional".