CREACION DE COMISION DE POLITICA ENERGETICA. MINISTERIO DE INDUSTRIA ENERGIA Y MINERIA




Promulgación: 18/06/2007
Publicación: 27/06/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2007
  •    Página: 1310
VISTO: la necesidad de delinear una Política Energética Nacional que 
brinde soluciones a la problemática energética, con vocación de 
permanencia;

RESULTANDO: I) que ello implica el diseño de un modelo energético que 
trascienda el actual período de Gobierno, con un horizonte de treinta a 
cincuenta años;

II) que el logro de ese objetivo impone la convocatoria de expertos de 
todos los Partidos Políticos con representación parlamentaria, a efectos
de arribar entre todos ellos a la formulación de una propuesta que mejor
contribuya a los intereses nacionales y cuente con la adhesión suficiente
que posibilite su efectiva implementación;

CONSIDERANDO: que de contactos mantenidos con los líderes de los 
distintos Partidos Políticos ha fructificado la voluntad e interés de 
éstos en participar en el diseño de una Política Energética Nacional, 
cuyos lineamientos fundamentales surjan en el seno de una Comisión 
integrada, entre otros, por expertos representantes del Poder Ejecutivo
y de los distintos Partidos Políticos; 

ATENTO: a lo expuesto, y lo previsto por el Decreto Ley 14.694, de 1º de
setiembre de 1977;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
                     actuando en Consejo de Ministros

                                RESUELVE:

1

 Créase una Comisión de Política Energética, que funcionará en el ámbito
del Ministerio de Industria, Energía y Minería, con el objetivo 
fundamental de constituir un ámbito de discusión y formulación de una 
Política Energética Nacional con vocación de permanencia, la que estará 
integrada por representantes de dicha Secretaría de Estado y de los 
Partidos Políticos con representación parlamentaria, expertos en la 
materia energética. 

(*)Notas:
Ver en esta norma, numerales: 2 y 3.

2

 Cúrsese invitación a los Partidos Políticos con representación 
parlamentaria, a fin de designar expertos para actuar en la Comisión 
creada por el numeral primero.

(*)Notas:
Ver en esta norma, numeral: 3.

3

 Comuníquese, notifíquese, y siga al Ministerio de Industria, Energía y 
Minería, a los efectos de instrumentar lo dispuesto por los numerales 
precedentes.-

TABARE VAZQUEZ - DAISY TOURNE - REINALDO GARGANO - DANILO ASTORI - AZUCENA
BERRUTTI - JORGE BROVETTO - VICTOR ROSSI - JORGE LEPRA - JORGE BRUNI -
MIGUEL FERNANDEZ GALEANO - JOSE MUJICA - HECTOR LESCANO - MARIANO ARANA -
MARINA ARISMENDI
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