Visto: la necesidad de integrar el Grupo Asesor del Cuerpo Especial de
Prevención y Represión de Delitos Económicos.
Considerando: lo preceptuado por el artículo 4º del decreto 807/973, de 26
de noviembre de 1973 en la redacción dada por el artículo 1º del decreto
820/975, de 28 de octubre de 1975.
Atento: a lo expuesto,
El Presidente de la República
RESUELVE:
1
Desígnanse como representantes del Ministerio de Economía y Finanzas,
Ministerio de Industria y Energía, Banco Central del Uruguay, Banco de la
República Oriental del Uruguay, Comisión de Productividad, Precios e
Ingresos y Consejo Nacional de Subsistencias y Contralor de Precios a los
señores doctor Juan a. Olagüe, doctor Carlos Dell'Acqua, doctor Tomás
Brause Berreta, contador Héctor Bobba, señor Sarandí J. Silveira y Coronel
Nelson Di Candia, respectivamente, en el Grupo Asesor del Cuerpo Especial
de Prevención y Represión de Delitos Económicos.
BORDABERRY - HUGO LINARES BRUM - ALEJANDRO VEGH VILLEGAS - WALTER RAVENNA
- ADOLFO CARDOSO GUANI