APROBACION DE TARIFAS. DIARIO OFICIAL. MAYO 1986




Promulgación: 27/05/1986
Publicación: 04/06/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1986
  •    Página: 1146
   Visto: la gestión promovida por la Imprenta Nacional y el Diario
Oficial, Programa 0.20, Unidades Ejecutoras 003 y 002, respectivamente,
del Inciso 11, Ministerio de Educación y Cultura, solicitando la
aprobación del Poder Ejecutivo de las tarifas de costo de página y
publicaciones del Diario Oficial, que deberán regir hasta el 31 de octubre
de 1986.

    Resultando: I) Que, de acuerdo al artículo 373 de la ley 15.809, de 8
de abril de 1986, la Dirección de la Imprenta Nacional, remitió para su
consideración el costo de impresión de la página del Diario Oficial,

II) Que el Diario Oficial agrega al citado costo los gastos
correspondientes a papel de diario y otros indirectos, proponiendo las
tarifas pertinentes;

III) Que no existen objeciones de carácter contable que se opongan a
lo solicitado.

   Considerando: que corresponde resolver en consecuencia.

   Atento: a lo antes expuesto, a lo informado por la Contaduría Central
del Ministerio de Educación y Cultura y al artículo 373, de la ley
15.809, de 8 de abril de 1986,

                     El Presidente de la República

                               RESUELVE:

1

  Fíjanse los siguientes precios para el pago de los trabajos de impresión
por página del Diario Oficial, por parte de la Imprenta Nacional, los que
regirán a partir del día siguiente a la publicación de la presente
resolución y hasta nueva disposición. Costo de página N$ 1.685,00 (nuevos
pesos mil seiscientos ochenta y cinco).
Referencias al numeral

SANGUINETTI - ADELA RETA
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