VISTO: la solicitud de la empresa CINTERPI S.R.L. (COMPLEJO TURISTICO
CERRO DEL TORO), tendiente a modificar el num. 5º de la resolución del
Poder Ejecutivo de fecha 15 de julio de 1998, por la que se estableciera
el plazo de exoneración de las inversiones a realizar en el marco del
proyecto de inversión a que dicho acto refiere;
RESULTANDO: la empresa solicita extender el plazo previsto en el numeral
5o. de la mencionada resolución, debido a que no se han culminado las
obras;
CONSIDERANDO: que la Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de
Industria, Energía y Minería y la Comisión de Aplicación creada por el
art. 12o. de la ley 16.906, del 7 de enero de 1998, consideran que
corresponde acceder a lo solicitado;
ATENTO: a lo expuesto y lo establecido por el Decreto No. 291/95 del 2 de
agosto de 1995;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
Modificase el numeral 5o. de la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha
15 de julio de 1998, a fin de establecer que el plazo que regirá la
exoneración de las inversiones se extenderá hasta el 31 de diciembre del
2000;