AUTORIZACION DE TRANSFERENCIA PARCIAL DE LA TITULARIDAD DE LAS CUOTAS SOCIALES Y ACCIONES DE RADIO ZORRILLA DE SAN MARTIN SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, EMISORA DE LA MUSICA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, CANAL 7 TACUAREMBO SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Y BENISUR SOCIEDAD ANONIMA
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: La solicitud de transferencia parcial por el modo sucesión de Servicio de Comunicación Audiovisual, de la titularidad de las cuotas sociales de Radio Zorrilla de San Martin S.R.L., "Emisora de La Música S.R.L.", "Canal 7 Tacuarembó S.R.L.", y de las acciones de "Benisur S.A.", todas de la ciudad de Tacuarembó, de las cuales era titular el Sr. Luis Osvaldo Dini Siqueira con C.I: 3.836.392-3, a favor de su hija, Solange Lorena Dini Chaves con C.I: 4.294.919-1;
RESULTANDO: I) que de acuerdo a la Resolución del Poder Ejecutivo N° 809/994, de 2 de agosto de 1994, la sociedad "CX 140 Radio Zorrilla de San Martín S.R.L." titular de la frecuencia 1400 KHz, "CX 140 Radio Zorrilla de San Martín", de Tacuarembó, quedó integrada por Luis Osvaldo, María Benita, Dante Dino, María Dalva y María Angélica Dini Siqueira;
II) que según Resolución del Poder Ejecutivo N° 1230/1994, de 25 de octubre de 1994, la sociedad "Emisora de La Música 88.9 S.R.L.", titular de la frecuencia "FM Música 88.9", de la ciudad de Tacuarembó, quedó integrada por Luis Osvaldo, María Benita, Dante Dino, María Dalva y María Angélica Dini Siqueira;
III) que de acuerdo a la Resolución del Poder Ejecutivo N° 808/1994, de 2 de agosto de 1994, la sociedad "Canal 7 TV Tacuarembó S.R.L.", titular de la frecuencia "Canal 7 Tacuarembó", de la ciudad de Tacuarembó, quedó integrada por Luis Osvaldo, María Benita, Dante Dino, María Dalva y María Angélica Dini Siqueira;
IV) que asimismo, por Resolución del Poder Ejecutivo N° 545/1993, de 2 de julio de 1993 se autorizó a "Benisur S.A.", titular de la frecuencia "Cabledosmil", a prestar el servicio de televisión por cable en la ciudad de Tacuarembó, departamento de Tacuarembó, estando integrada la misma por Luis Osvaldo, María Benita, Dante Dino y María Angelica Dini Siqueira, el 15% cada uno, y a los mismos un 10% en común proindiviso y por partes iguales, y por Carlos César Giacosa Maciel en un 30%;
V) que por Resolución del Poder Ejecutivo de 31 de agosto de 2021, se autorizó la transferencia de titularidad de las acciones pertenecientes al Sr. Carlos Cesar Giacosa, a favor de su hijo legítimo Cesar Carlos Giacosa y su cónyuge supérstite, Mirela González Pereira, quedando los mismos con un 30% de las acciones de "Benisur S.A." en régimen de condominio;
VI) que con fecha 27 de diciembre de 2021, falleció intestado el Sr. Luis Osvaldo Dini Siqueira y el 26 de setiembre de 2022 fue declarada única y universal heredera su hija natural, Solange Lorena Dini Chaves;
VII) que con fecha 13 de diciembre de 2022, se presenta mediante escrito firmado ante la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones (URSEC), la Sra. Solange Lorena Dini Chaves solicitando autorización de transferencia parcial de titularidad por el modo sucesión, en mérito al fallecimiento de su padre el Sr. Luis Osvaldo Dini Siqueira;
VIII) que asimismo se indica que las acciones y cuotas sociales objeto de la presente trasferencia pertenecían en un 100% al causante, tratándose las mismas de un bien propio, por lo tanto será el mismo porcentaje el que le correspondería a su hija natural;
IX) que la compareciente se presenta acreditando todos los extremos necesarios, a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto por la entonces vigente Ley N° 19.307, de 29 de diciembre de 2014;
X) que se desprende del Certificado de Resultancias de Autos y del formulario de "estado de responsabilidad patrimonial" el porcentaje que le corresponde a la Sra. Dini Chaves en los capitales sociales, son: 20% en "CX 140 Radio Zorrilla de San Martín S.R.L", 20% en "Emisora de La Música 88.9 S.R.L.", 20% en "Canal 7 TV Tacuarembó S.R.L." y 17,5% en "Benisur S.A." (Cabledosmil);
CONSIDERANDO: I) que conforme a lo establecido en el artículo 109 inciso 5° de la entonces vigente Ley N° 19.307, de 29 de diciembre de 2014, corresponde al Poder Ejecutivo pronunciarse sobre la propuesta de transferencia solicitada;
II) que analizada la documentación agregada, las partes interesadas han cumplido con los requisitos exigidos a efectos de acceder a lo solicitado, de acuerdo a lo establecido por la Ley 19.307, de 29 de diciembre de 2014;
ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por la Ley N° 17.296, de 21 de febrero de 2001 en la redacción dada por la Ley N° 19.889, de 9 de julio de 2020, la entonces vigente Ley N° 19.307, de 29 de diciembre de 2014, el Decreto N° 347/992, de 21 de julio de 1992, el entonces vigente Decreto N° 160/019, de 5 de junio de 2019, a lo informado por la Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaciones, por la Dirección Nacional de Telecomunicaciones y Servicios de Comunicaciones Audiovisual y por la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
Autorízase la transferencia parcial por el modo sucesión de Servicio de Comunicación Audiovisual, de la titularidad de las cuotas sociales de Radio Zorrilla de San Martin S.R.L., "Emisora de La Música S.R.L.", "Canal 7 Tacuarembó S.R.L." y de las acciones de "Benisur S.A.", todas de la ciudad de Tacuarembó, de las cuales era titular el Sr. Luis Osvaldo Dini Siqueira con C.I: 3.836.392-3, a favor de su hija, Solange Lorena Dini Chaves con C.I: 4.294.919-1.
El porcentaje que le corresponde a la Sra. Dini Chaves en los capitales sociales, son: 20% en la sociedad "CX 140 Radio Zorrilla de San Martín S.R.L", 20% en "Emisora de La Música 88.9 S.R.L.", 20% en "Canal 7 TV Tacuarembó S.R.L." y 17,5% en "Benisur S.A." (Cabledosmil).
Establécese que las empresas quedarán integradas de la siguiente manera:
* BENISUR S.A. ("Cabledosmil"), servicio de TV para abonados, Rut: 212520600017:
1. Solange Lorena Dini Chaves, María Benita Dini Siqueira, Dante Dino Dini Siqueira y María Angélica Dini Siqueira: con un 15% cada uno, y con un 10% en común proindiviso, por partes iguales.
2. César Carlos Giacosa González y Miriela González Pereira Soarez: con un 30% en régimen de Condominio.
* CX 140 Radio Zorrilla de San Martín S.R.L ("CX 140 Radio Zorrilla de San Martín"), servicio de Radiodifusión AM, Rut: 190109260017:
1. Solange Lorena Dini Chaves: 20%
2. María Benita Dini Siqueira: 20%
3. Dante Dino Dini Siqueira: 20%
4. María Angélica Dini Siqueira: 20%
5. María Dalva Dini Siqueira: 20%.
* Emisora de La Música 88.9 S.R.L. ("FM Música 88.9"), servicio de Radiodifusión FM, Rut: 190109250011:
1. Solange Lorena Dini Chaves: 20%
2. María Benita Dini Siqueira: 20%
3. Dante Dino Dini Siqueira: 20%
4. María Angélica Dini Siqueira: 20%
5. María Dalva Dini Siqueira: 20%
* Canal 7 TV Tacuarembó S.R.L. ("Canal 7 Tacuarembó"), servicio de Radiodifusión de TV abierta, Rut: 190109240016:
1. Solange Lorena Dini Chaves: 20%
2. María Benita Dini Siqueira: 20%
3. Dante Dino Dini Siqueira: 20%
4. María Angélica Dini Siqueira: 20%
5. María Dalva Dini Siqueira: 20%