FIJACION DE DISPOSICIONES REFERENTES A LA EMPRESA QUE SE PROPONGA FORMALIZAR LA CREACION DE UNA COMISION PARITARIA




Promulgación: 28/02/1977
Publicación: 29/03/1977
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1977
  •    Página: 362
Visto: lo dispuesto en el decreto del Poder Ejecutivo de fecha 15 de
febrero de 1977 que autoriza la constitución de Comisiones Paritarias.

Atento: a lo dispuesto en el inciso g) del numeral 1º de la resolución del
Poder Ejecutivo 798/968 de fecha 6 de junio de 1968, reglamentaria del
artículo 168, numeral 24 de la Constitución de la República que permite
delegar atribuciones.

 El Ministro (I.) de Trabajo y Seguridad Social, en ejercicio de las
atribuciones delegadas


                              RESUELVE:

1

    La empresa que se proponga formalizar la creación de una Comisión
Paritaria, se dirigirá a la Dirección Nacional del Trabajo solicitando la
realización de la elección de los representantes del personal. Esta
solicitud deberá ir acompañada por la conformidad de los empleadores y de
por lo menos el diez por ciento de los trabajadores. En el acto de
presentación de la solicitud deberá exhibirse la planilla de contralor de
trabajo vigente.

2

  El Tribunal de Elecciones estará integrado por tres titulares designados
por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

3

  Comuníquese, etc.

ALFREDO BAEZA ACCOSSANO
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