CREACION DE LA COMISION NACIONAL DE CONTROL DE ENFERMEDADES RESPIRATORIAS AGUDAS




Promulgación: 10/06/1986
Publicación: 21/07/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1986
  •    Página: 1236
  Visto: estos antecedentes relacionados con la necesidad de crear una
Comisión Nacional Asesora del Control de Enfermedades Respiratorias
Agudas, con el cometido de implantar estrategias de profilaxis y
tratamientos de dichas enfermedades.

  Considerando: I) Que en los últimos dos años se ha experimentado un
aumento en la mortalidad post-neonatal en el Uruguay, siendo una de sus
causas las enfermedades respiratorias agudas del niño;

II) Que con la creación de la mencionada Comisión se practicará el
control de dichas enfermedades, previendo una adecuada atención a los
problemas que se puedan plantear en esta área;

III) Lo informado al respecto por la Dirección General de la Salud del
Ministerio de Salud Pública.

  Atento: a lo preceptuado en el artículo 2º numeral 12 de la ley 9.202
del 12 de enero de 1934,

                    El Presidente de la República

                              RESUELVE:

1

  Crease la Comisión Nacional de Control de Enfermedades Respiratorias
Agudas, la que actuará en la órbita del Ministerio de Salud Pública, como
parte del Programa de Salud Materno Infantil.   (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, numeral: 3.

2

  Serán cometidos de dicha Comisión:

 a) Determinar los tipos de población que tienen más riesgo de contraer
enfermedades respiratorias agudas;

 b) Elaborar un plan para implementar las estrategias del Control de
Enfermedades Respiratorias Agudas a Nivel Nacional, especialmente en lo
que se refiere a prevención y tratamiento de casos, Vigilancia
Epidemiológica y someterlo a la aprobación del Ministerio de Salud
Pública;

 c) Coordinar a nivel nacional, las actividades entre el Ministerio de
Salud Pública , Facultad de Medicina y otros organismos públicos y
privados del Sector Salud, para el control de las Enfermedades
Respiratorias Agudas;

 d) Revisar, adecuar y difundir a nivel nacional las normas para el
control de dichas enfermedades;


 e) Promover la información y educación a la Comunidad en esta área;

 f) Establecer los criterios de referencia a establecimientos de mayor
complejidad de niños que sufren enfermedades respiratorias agudas,

 g) Colaborar con las autoridades del Ministerio de Salud Pública para
lograr el cumplimiento del Plan.

3

  La Comisión a que se refiere el numeral 1º se integrará con cuatro
delegados del Ministerio de Salud Pública y tres de la Facultad de
Medicina.

4

   Comuníquese, publíquese, etc

SANGUINETTI - RAUL UGARTE ARTOLA - ADELA RETA
Ayuda