INSTALACION DEL SERVICIO DE TELEVISION SATELITAL PARA ABONADOS. GALAXY ENTERTAINMENT ARGENTINA S.A. (G.E.A.)




Promulgación: 03/04/2001
Publicación: 17/04/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 838
Referencias a toda la norma
   VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Dirección Nacional de Comunicaciones da cuenta de la gestión de la empresa GALAXY ENTERTAINMENT ARGENTINA S.A. (G.E.A.), solicitando el otorgamiento de la autorización como empresa titular de los derechos para la prestación del servicio de televisión para abonados en la modalidad Televisión Satelital para Abonados.-

   RESULTANDO: que el Servicio de Televisión Satelital para Abonados 
consiste en el suministro de múltiples canales codificados desde 
estaciones radioeléctricas espaciales, constituyendo -por sus 
características técnicas y comerciales- una de las modalidades del 
Servicio de Televisión para Abonados.-

   CONSIDERANDO: I) las competencias dispuestas por el numeral 3) del 
artículo 3ro. y por el numeral 2) del artículo 4to. del Decreto-Ley 
15.671 de 8 de noviembre de 1984, en la redacción sustitutiva dada por 
los artículos 8vo. y 9no. de la Ley 16.211 de 1ro. de octubre de 1991.-

   II) que el artículo 2do. del Decreto 160/000 de fecha 30 de mayo de 2000 estableció las condiciones que debían reunir las empresas en 
atención al carácter de las mismas, distinguiendo entre empresas operadoras del sistema, empresas titulares de los derechos y empresas comercializadoras del servicio.-

   III) que el Decreto 280/000 de fecha 29 de setiembre de 2000, reglamentó la manera en que los interesados deberán solicitar las autorizaciones y las garantías que deberán constituir en el momento de realizar la solicitud, así como con posterioridad al otorgamiento de la misma.-

   IV) que la empresa gestionante ha acreditado todos los requisitos 
exigidos por la reglamentación y ha constituido la garantía necesaria 
para prestar el servicio de referencia.-

   ATENTO: a lo expuesto precedentemente y a lo dispuesto por los 
Decretos-Leyes 14.670 de 23 de junio de 1977, 15.671 de 8 de noviembre de 
1984 en la redacción sustitutiva dada por la Ley 16.211 de 1ro. de 
octubre de 1991, por la Ley 17.296 del 21 de febrero de 2001 y por los 
Decretos reglamentarios del Servicio de Televisión para Abonados 349/990 
de 7 de agosto de 1990, sus sustitutivos y complementarios, 160/000 de 30 
de mayo de 2000, 280/000 de 29 de setiembre de 2000, a lo informado por 
la Dirección Nacional de Comunicaciones y por la Asesoría Letrada del 
Ministerio de Defensa Nacional.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,                      
                                                                          
                                RESUELVE:                   

1

 Autorizar como empresa titular de los derechos en todo el territorio 
nacional, en la modalidad Televisión Satelital para Abonados, a la 
empresa GALAXY ENTERTAINMENT ARGENTINA S.A. (G.E.A.).- (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, numeral: 2.

2

 En caso que la empresa GALAXY ENTERTEINMENT ARGENTINA S.A., pretenda 
comercializar por si el servicio referido en el numeral anterior, deberá 
cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 5to. del Decreto 
160/000 de 30 de mayo de 2000.-

3

 La garantía constituida por la empresa gestionante, deberá ser 
incrementada en un 5% (cinco por ciento), ante la Tesorería de la 
Dirección Nacional de Comunicaciones, dentro del plazo de sesenta días a 
partir de la fecha del presente acto administrativo.-

4

 Notifíquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional de Comunicaciones 
a sus efectos. Cumplido, archívese.-

BATLLE - LUIS BREZZO


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