VISTO: la gestión promovida por la empresa FORTEMAR S.A., ante la
Administración Nacional de Puertos, solicitando la autorización
correspondiente para que se le otorgue la habilitación para prestar
Servicios a la Mercadería en la categoría: "Empresas Prestadoras de
Servicios Varios y Conexos a la Mercadería" en el Puerto de Montevideo y
posterior inscripción en el Subregistro General de Empresas Prestadoras
de Servicios Portuarios.
RESULTANDO: I) Que la presente gestión se efectúa al amparo de lo
establecido en el artículo 13 del Decreto Nº 412/992 "Reglamento de la
Ley de Puertos" y artículos 14 y 18 del Decreto Nº 413/992 "Reglamento de
Habilitación de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios", ambos de
fecha 1º de setiembre de 1992.
II) Que la Administración Nacional de Puertos por Resolución Nº 000246 de
fecha 28 de febrero de 2000, autorizó la habilitación -supeditada a la
aprobación del Poder Ejecutivo- de la referida empresa para la prestación
de los servicios solicitados, remitiendo las actuaciones al Ministerio de
Transporte y Obras Públicas las actuaciones generadas en dicho Organismo,
consistentes en la intervención de su Unidad de Contralor de Prestación
de Servicios Portuarios, la cual controló la documentación aportada por
la interesada, en cumplimiento de los requisitos económicos,
administrativos y jurídicos que se exigen reglamentariamente para la
habilitación en cuestión, no formulándose objeciones en tal sentido.
II) Que la referida Secretaría de Estado, por intermedio de su Asesoría
Técnica en Asuntos Portuarios, y su Departamento Letrado, no formulan
observaciones a la habilitación otorgada.
ATENTO: a lo dispuesto en la Ley Nº 16.246 del 8 de abril de 1992 y los
citados Decretos Reglamentarios Nros 412/992 y 413/992 de 1º de setiembre
de 1992.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Apruébase la habilitación otorgada por la Administración Nacional de
Puertos a la empresa FORTEMAR S.A. a prestar Servicios a la Mercadería en
la categoría: "Empresas Prestadoras de Servicios Varios y Conexos a la
Mercadería" en el Puerto de Montevideo y, oportunamente, proceder a la
inscripción de la misma en los Subregistros de Empresas Prestadoras de
Servicios Portuarios correspondientes, una vez cumplidos todos los
requisitos previstos en el Decreto Nº 413/992 del 1º de setiembre de
1992.