Visto: la solicitud de la firma Manzanares S.A., tendiente a que se le
autorice a importar el equipamiento que detalla al amparo de la resolución
del Poder Ejecutivo del 10 de enero de 1986, por la cual fuera declarado
de Interés Nacional su proyecto de inversión.
Resultando: la Unidad Asesora de Promoción Industrial, considera que
puede acceder a lo solicitado en atención a que esta inversión adicional
es complementaria del proyecto anterior y le hará posible procesar soja
para oleaginosos para abastecer tanto el mercado nacional como el externo;
también con la adaptación de calderas, podrá quemar la totalidad de
excedente de cáscara de girasol, lo cual significa un importante ahorro
del consumo de fuel oil ya que la totalidad del vapor necesario se
generaría con cáscara de girasol.
Atento: a lo informado por la Unidad Asesora de Promoción Industrial y el
Centro Nacional de Política y Desarrollo Industrial, lo dictaminado por la
Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria y Energía y lo establecido
por el decreto ley 14.178 del 28 de marzo de 1974,
El Presidente de la República RESUELVE:
1
Amplíase la resolución del Poder Ejecutivo de fecha 10 de enero de 1986,
-por la cual se declara de Interés Nacional la actividad del proyecto de
inversión presentado por Manzanares S.A.-, en el sentido de incluir una
planta para preparación mecánica de semilla de soja, completa con todos
sus accesorios, dentro del listado de equipamiento exonerado en su numeral
2º y declarado "no competitivo de la industria nacional".
SANGUINETTI - JORGE PRESNO HARAN - ALBERTO RODRIGUEZ NIN - RICARDO ZERBINO
CAVAJANI - PEDRO BONINO GARMENDIA