CREACION DE GRUPO DE TRABAJO PARA TRASLADO DE BASE ESTATAL DE LA ARMADA NACIONAL




Promulgación: 28/04/1994
Publicación: 09/05/1994
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
      Visto: La gestión promovida por la Administración Nacional de
Puertos mediante Resolución de su Directorio relacionada con la creación
de un Grupo de Trabajo con el objetivo de efectivizar el traslado de la
Base Estatal de la Armada Nacional de su actual emplazamiento en el Puerto
de Montevideo.

     Resultando: I) Que la Administración Nacional de Puertos en sesión de
Directorio 2762 de fecha 10 de marzo de 1993 acordó solicitar al Poder
Ejecutivo se sirva promover la creación de un Grupo de Trabajo que actúe
en la órbita de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto e integrado por
los organismos involucrados, con el cometido antes mencionado.

     II) Que recabadas las opiniones de la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto, Ministerio de Defensa Nacional, Ministerio de Transporte y
Obras Públicas y Administración Nacional de Puertos, dichos Organismos
fueron contestes con el temperamento indicado.

     Considerando: I) Que la Ley Nº 16.246 de 8 de abril de 1992, Ley de
Puertos establece en su artículo 1º que "la prestación de servicios
portuarios eficientes y competitivos constituyen un objetivo prioritario
para el desarrollo del país".

     II) Que dicha Ley en su artículo 7º expresa que "Compete al Poder
Ejecutivo el establecimiento de la política portuaria y el control de su
ejecución".

     III) Que en el artículo 3º, literal B) del Decreto Nº 412/992 de 1º
de setiembre de 1992, reglamentario de la Ley de Puertos, en cumplimiento
del mandato legal en ella contenido, el Poder Ejecutivo fijó como uno de
los objetivos de la politíca portuaria "El logro de la mejor disposición
económica y estratégica de los medios técnicos e inversiones destinados al
desarrollo de los puertos, a fin de obtener una alta rentabilidad de los
recursos nacionales asignados al sistema portuario y la más adecuada
protección del medio ambiente".

     IV) Que en el artículo 4º, literales C) y D) del citado Decreto se
establece la planificación sectorial y general como instrumento para
alcanzar los objetivos fijados.
     V) Que siendo el Plan Maestro del Puerto de Montevideo, uno de tales
instrumentos y habiéndose recogido en el mismo la oportunidad de la
reubicación de la Base Estatal de la Armada Nacional, para un mejor
desarrollo de la zona comercial del Puerto de Montevideo, corresponde
ahora estudiar la aplicación de esta medida, a la vista del desarrollo y
evolución de las cargas y del tráfico portuario durante los últimos años,
ya que la remoción de la Base Estatal de la Armada Nacional de su actual
emplazamiento podría significar un mejor aprovechamiento de los recursos
nacionales asignados al sistema portuario.-

     Atento: A lo expresado y a lo dispuesto por la Ley Nº 16.246 de 8 de
abril de 1992 y Decreto Nº 412/992 de 1º de setiembre de  1992.

     El Presidente de la República

                                   RESUELVE:

1

 Créase el Grupo de Trabajo para efectivizar el traslado de la Base
Estatal de la Armada Nacional de su actual emplazamiento en el Puerto de
Montevideo, el cual actuará en la órbita de la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto. 

2

 Desígnanse como integrantes de la misma al Director de la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto Ec. Javier de Haedo; al Subsecretario de
Defensa Nacional, Prof. Rodolfo González Rissotto; al Subsecretario de
Transporte y Obras Públicas, Dr. José María Barbé Delacroix, al Presidente
de la Administración Nacional de Puertos, Ing. Ind. Eduardo Alvarez Mazza
y al Comandante en Jefe de la Armada, Vicealmirante James Coates. 

3

 Comuníquese y en especial a los distintos Organismos intervinientes a sus
efectos. 

LACALLE HERRERA - JUAN CARLOS RAFFO - DANIEL HUGO MARTINS
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