Sustitúyese el numeral 8º de la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha
16 de enero de 2008, por la que se declaró promovida la actividad del
proyecto de inversión de la empresa TORYAL S.A., por el siguiente:
"6º.- A los efectos del control y seguimiento, la empresa TORYAL S.A.,
"deberá presentar a la Comisión de Aplicación y en forma simultánea ante
el "Ministerio de Industria, Energía y Minería, dentro de los cuatro meses
del "cierre de cada ejercicio económico, sus Estados Contables con informe
de "Profesional habilitado según corresponda. Conjuntamente con los
Estados "Contables se adjuntará una Declaración Jurada del avance en el
cumplimiento "de los requisitos y de los beneficios fiscales utilizados".