DESAFECTACION DE JURISDICCION NACIONAL RUTA N° 1




Promulgación: 02/06/1999
Publicación: 09/06/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1999
  •    Página: 1245
VISTO: la gestión promovida por la Dirección Nacional de Vialidad,
tendiente a la desafectación de la jurisdicción nacional, al Tramo de
Ruta Nº 1 (vieja) que pasa por la localidad de Puntas de Valdez,
comprendido entre las progresivas 58Km600 al 65Km300 o 58Km850 al 63Km600
medidas sobre Ruta Nº 1 (nueva), Departamento de San José.

RESULTANDO: que el Departamento Letrado del Ministerio de Transporte y
Obras Públicas al tomar intervención por informe Nº 236/99 de 14 de mayo
de 1999, manifiesta que no existen impedimentos jurídicos para acceder a
lo peticionado.

CONSIDERANDO: que no siendo conveniente mantener en la órbita nacional
tramos de carretera como el de referencia, cuyas características
esenciales lo incluyen en la categoría de urbanos, más aún que la
atención de éste y otros tramos similares, dificulta los cometidos
asignados a la Dirección Nacional de Vialidad, para atender en forma
prioritaria la estructura de la red primaria de carreteras.

ATENTO: a lo establecido en los artículos 5, 8 y 14 del Decreto - Ley Nº
10.382 de 13 de febrero de 1943.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Desaféctase de la jurisdicción nacional, al Tramo de Ruta Nº 1 (vieja)
que pasa por la localidad de Puntas de Valdez, comprendido entre las
progresivas 58Km600 al 65Km300 o 58Km850 al 63Km600 medidas sobre Ruta Nº
1 (nueva), Departamento de San José, de acuerdo a la gestión promovida
por la Dirección Nacional de Vialidad en autos.

2

 Comuníquese a la Intendencia Municipal de San José y siga -por su orden-
a las Direcciones Nacionales de Topografía y Vialidad a sus efectos.

SANGUINETTI - CONRADO SERRENTINO
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