VISTO: la gestión de la Dirección General de Casinos, por la cual solicita
la constitución del "Fondo" para financiar todo o parte de los premios
hípicos correspondientes a la totalidad de los hipódromos que cuenten con
reconocimiento expreso de la misma al amparo de lo dispuesto por el
artículo 48 del Decreto N° 491/2011 de 30 de diciembre de 2011, que
aprueba el Presupuesto Operativo y de Inversiones de esa Unidad Ejecutora
correspondiente al ejercicio 2012.-
RESULTANDO: I) que el citado artículo autoriza a constituir ese Fondo, que
se integra con la suma de hasta U$S 10:500.000,00 (diez millones
quinientos mil dólares de los Estados Unidos de América) en el presente
ejercicio y ajusta en los años sucesivos hasta la cifra equivalente al 10%
de la sumatoria de las utilidades brutas generadas por las Salas de
Esparcimiento "18 de julio", "Montevideo Shopping", "Las Piedras", "Géant"
y "Nueva Sala Pando".-
II) que elevadas las actuaciones al Tribunal de Cuentas de la República
para su intervención, el mismo en sesión de fecha de 27 de marzo de 2012
cometió a la Contadora Delegada la intervención por un monto total de
hasta U$S 10:500.000,oo (diez millones quinientos mil dólares de los
Estados Unidos de América), cuando el ordenador competente disponga el
gasto en la forma propuesta.-
III) que los obrados fueron elevados luego con destino a la Contaduría
General de la Nación, que con fecha 13 de julio de 2012 resolvió autorizar
al Ministerio de Economía y Finanzas a incluir como beneficiario de las
obligaciones en el SIIF a la Unidad Ejecutora que gestiona el gasto,
cuando las mismas correspondan a las obligaciones generadas por la
constitución del "Fondo".-
CONSIDERANDO: I) que en esta instancia corresponde dictar el acto
administrativo por el cual se constituye el "Fondo" previsto por el
artículo 48 del Decreto N° 491/2011, de 30 de diciembre de 2011, que
aprueba el Presupuesto Operativo y de Inversiones de la Dirección General
de Casinos correspondiente al ejercicio 2012, hasta la suma de U$S
10:500.000,oo (diez millones quinientos mil dólares de los Estados Unidos
de América).-
II) que el gasto se financia con cargo al presupuesto propio de la
Dirección General de Casinos, Programa 16, Objeto del Gasto 229.-
ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el artículo 48
del Decreto N° 491/2011 de 30 de diciembre de 2011.-
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
Constituir el Fondo para financiar todo o parte de los premios hípicos
correspondientes a la totalidad de los hipódromos que cuenten con
reconocimiento expreso de la Dirección General de Casinos, fomentando de
esa forma la actividad hípica nacional.-