VISTO: La solicitud de la firma CLUB NACIONAL DE FOOTBALL tendiente a
obtener la declaratoria promocional para la actividad que se propone
realizar según su proyecto de inversión y la concesión de diversos
beneficios promocionales.
RESULTANDO: I) Que el proyecto presentado tiene como cometido la
ampliación del Gran Parque Central, el cual consiste en aumentar la
capacidad del estadio a 22.000 espectadores sentados.
II) Que la Comisión de Aplicación creada por el artículo 12 de la Ley Nº
16.906 de 7 de enero de 1998, recomienda la declaratoria promocional para
la actividad del proyecto de inversión presentado por CLUB NACIONAL DE
FOOTBALL y propone medidas promocionales.
CONSIDERANDO: Que el proyecto presentado por la firma CLUB NACIONAL DE
FOOTBALL, de acuerdo con lo informado por el Ministerio de Turismo y
Deporte, es viable técnica, financiera y económicamente.
ATENTO: A lo expuesto y a lo establecido en los Decretos Nº 175/003 del 7
de mayo de 2003, Nº 350/004 de 29 de setiembre de 2004 y Nº 262/005 de 29
de agosto de 2005.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
Declárase promovido, de acuerdo a lo establecido en el artículo 1º de la
Ley Nº 16.906 de 7 de enero de 1998 e inciso a. del artículo 1º del
Decreto Nº 175/003 del 7 de mayo de 2003, el proyecto de inversión
presentado por la empresa CLUB NACIONAL DE FOOTBALL para la ampliación del
Gran Parque Central, por un monto total de inversión de U$S 1:586.000
(dólares americanos un millón quinientos ochenta y seis mil) en
Montevideo, enmarcado entre las calles Jaime Cibils, Gral. Urquiza,
Comandante Braga y Carlos Anaya.