Autorízase a la empresa CLUB NACIONAL DE FOOTBALL a usufructuar el
beneficio previsto en el artículo 3º inciso a. del Decreto Nº 175/003,
otorgamiento de un crédito por el Impuesto al Valor Agregado y por la
Contribución al Financiamiento de la Seguridad Social incluidos en la
adquisición en plaza de bienes y servicios destinados a la construcción
(infraestructura y obra civil), por un monto imponible de hasta U$S
1:380.300 (dólares americanos un millón trescientos ochenta mil
trescientos).