Visto: las dificultades planteadas por la transferencia de la
administración del ex Frigorífico Anglo a la Intendencia Municipal de Río
Negro.
Resultando: I) Por resolución del Poder Ejecutivo de fecha 24 de mayo
de 1989 se facultó al Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca para
suscribir, en representación del Estado, con la Intendencia Municipal de
Río Negro, un convenio para la conservación y mantenimiento de la Planta
Industrial y sus anexos del Frigorífico Fray Bentos;
II) Asimismo, por resolución de Poder Ejecutivo de 24 de mayo de 1989,
se dispuso cesar a la Comisión Administradora y Liquidadora del
Frigorífico Fray Bentos, a partir de la fecha de suscripción del citado
convenio.
Considerando: necesario facultar a la Intendencia Municipal de Río
Negro a extender las constancias a que se refiere el artículo 2º del
decreto 518/988, de 12 de agosto de 1988 y toda otra información o
documentación relativa a servicios prestados por personas vinculadas en el
pasado a dicha planta industrial.
Atento: a lo dispuesto por el mencionado convenio y en el artículo 2º
del decreto 518/988, de 19 de agosto de 1988,
El Presidente de la República
RESUELVE:
1
Facúltase a la Intendencia Municipal de Río Negro a otorgar las
constancias a que refiere el artículo 2º del decreto 518/988, de 19 de
agosto de 1988 y diligenciar toda otra información de servicios emergentes
de la documentación archivada en la planta cuya conservación y
mantenimiento le fue confiada.