APROBACION DE LA DELIMITACION DEL RECINTO PORTUARIO. PUERTO DE VILLA SORIANO. SORIANO




Promulgación: 29/07/2019
Publicación: 05/08/2019
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la gestión promovida por la Dirección Nacional de Hidrografía, solicitando la aprobación de la delimitación del Recinto Portuario del Puerto de Villa Soriano (Departamento de Soriano), que se encuentra bajo su administración.

   RESULTANDO: I) Que el Departamento Zona Río Uruguay de la Dirección Nacional de Hidrografía informa que, el Puerto de Villa Soriano dispone de antiguas instalaciones reacondicionadas para la actividad de embarcaciones deportivas que consisten en 1 muelle con 44 amarras, con servicios de agua potable, energía eléctrica y vigilancia.

   II) Que agrega que, es necesario proceder a la definición del recinto portuario a los efectos de delimitar claramente las áreas terrestres y acuáticas del Puerto, prever futuros desarrollos y apoyar una adecuada administración de los sectores fluviales próximos a los muelles del mismo, evitando fondeos de embarcaciones sin autorización.

   CONSIDERANDO: I) Que la Asesoría Jurídica de la Dirección Nacional de Hidrografía y el Área Servicios Jurídicos (Departamento Asesoría Letrada) del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, se expiden sin observaciones indicando que, de conformidad con la normativa vigente en la materia, corresponde que el Poder Ejecutivo apruebe la delimitación del citado recinto.     
   
   CONSIDERANDO: I) Que la Asesoría Jurídica de la Dirección Nacional de Hidrografía y el Área Servicios Jurídicos (Departamento Asesoría Letrada) del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, se expiden sin observaciones indicando que, de conformidad con la normativa vigente en la materia, corresponde que el Poder Ejecutivo apruebe la delimitación del citado recinto.     

   II) Que corresponde, dado lo expresado, dictar resolución que contemple dicho extremo.

   ATENTO: a lo dispuesto por la Ley N° 16.246 de fecha 8 de abril de 1992 y por el artículo 8° del Reglamento de la Ley N° 16.246 de fecha 8 de abril de 1992, aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 412/992 de fecha 1° de setiembre de 1992, así como lo establecido en el Decreto N° 90/997 de fecha 18 de marzo de 1997.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
                                RESUELVE:

1

   Apruébase la delimitación del Recinto Portuario del Puerto de Villa Soriano (Departamento de Soriano), según el Plano de Mensura de los Ingenieros Agrimensores Sergio Calfani y Fernando Pérez de fecha abril de 2019 de la Dirección Nacional de Hidrografía, adjunto en autos, de acuerdo a dicho plano el Recinto Portuario se encuentra en la localidad catastral de Villa Soriano, del Departamento de Soriano y cuenta con una Zona Terrestre total de 3 hás 9.562 m².

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Resolución Nº 420/019 de 
29/07/2019.

2

   Comuníquese, publíquese y vuelva a la Dirección Nacional de Hidrografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, a sus efectos.

   TABARÉ VÁZQUEZ - VÍCTOR ROSSI
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