AUTORIZACION PARA EXPLOTACION DE SERVICIO DE TRANSPORTE TERRESTRE. TUR-ESTE LTDA.




Promulgación: 16/05/1996
Publicación: 31/05/1996
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1996
  •    Página: 1081
Referencias a toda la norma

2

     El referido servicio quedará sometido a las disposiciones vigentes y
que se dicten en el futuro, sobre el transporte nacional de pasajeros por
carretera, debiendo tener sus horarios y frecuencias la previa
autorización de la Dirección Nacional de Transporte. Las respectivas
tarifas deberán ser aprobada por el Ministerio de Transporte y Obras
Públicas (artículo 5º, Decreto Nº 116/993 de 3 de marzo de 1993).
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