OTORGAMIENTO DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. S. BERTAMINI Y A. BERTAMINI MENDOZA




Promulgación: 05/04/2001
Publicación: 19/04/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: El planteo efectuado por la firma S. BERTAMINI Y A. BERTAMINI 
MENDOZA solicitando la extensión del Seguro por Desempleo para 22 
(veintidós), de sus trabajadores.

RESULTANDO: I) Que la citada empresa se vio obligada a enviar al Seguro 
por Desempleo a parte de su personal.

II) Que factores coyunturales adversos ajeno a su gestión, que han 
afectado a la Industria de la Construcción, determinan que la empresa se 
vea imposibilitada a reintegrar en forma inmediata a dichos 
trabajadores.

CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los 
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-ley Nº 
15.180.

II) Que resulta de interés general mantener esta fuente de trabajo y 
producción

III) Que se estima conveniente conceder una prórroga del amparo al Seguro 
por Desempleo a efectos de facilitar a la empresa instrumentar las 
medidas tendientes a su reactivación.

ATENTO: A lo precedentemente expuesto y lo estatuido por el Decreto Ley 
15.180 de 20 de agosto de 1981.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       
                                                                          
                                 RESUELVE                                 

1

 Amplíase por el plazo de 90 (noventa), días, el amparo al Seguro por 
Desempleo que otorga el Banco de Previsión Social, a 22 (veintidós), 
trabajadores de la empresa S. Bertamini y A. Bertamini Mendoza que 
estuvieren en condiciones legales de acceder al mismo.

2

 El monto del subsidio que por esta Resolución se concede se liquidará de 
conformidad a lo que dispone el artículo 6º del Decreto-Ley Nº 15.180, de 
20 de agosto de 1981.

3

 COMUNIQUESE, notifíquese etc.

BATLLE - ALVARO ALONSO

Ayuda