HABILITACION DE ANP PARA PRESTACION DE SERVICIOS PORTUARIOS. TACUA S.A.




Promulgación: 23/06/2008
Publicación: 01/07/2008
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2008
  •    Página: 1500
VISTO: la gestión promovida por la empresa TACUA S.A., ante la
Administración Nacional de Puertos, solicitando la autorización
correspondiente para la ampliación de la habilitación para prestar
servicios en los Puertos de Paysandú y Salto.

RESULTANDO: I) Que dicha operadora fue habilitada por Resoluciones del
Poder Ejecutivo Nos.: 1078/92, para prestar servicios "A la Mercadería" en
las categorías: "Contenedores", "Carga General", "Graneles", "Productos
Congelados" y "Servicios Varios" y 668/94 y 1171/95, para prestar
servicios "Al Buque" en la categoría "Amarre y Desamarre" en los Puertos
de Montevideo, Fray Bentos y Nueva Palmira.

II) Que la presente gestión se efectúa al amparo de lo establecido en los
artículos 14 y 18 del Decreto Nº 413/992 de 1º de setiembre de 1992
"Reglamento de Habilitación de Empresas Prestadoras de Servicios
Portuarios".

III) Que las Oficinas Técnicas de la citada Administración Nacional,
controlaron sin objeciones la documentación aportada por la interesada, en
cumplimiento de los requisitos económicos, administrativos y jurídicos que
se exigen reglamentariamente para la ampliación de la habilitación en
cuestión.

IV) Que la Administración Nacional de Puertos por Resolución de Directorio
Nº 115/3.457 de 16 de abril de 2008, procedió a ampliar la habilitación de
que se trata, ad-referéndum de su aprobación por el Poder Ejecutivo.

V) Que la Dirección Nacional de Transporte (Dirección General de
Transporte Fluvial y Marítimo) y la División Servicios Jurídicos
(Departamento Letrada) del Ministerio de Transporte y Obras Públicas se
expidieron al respecto no formulando objeciones.

ATENTO: a lo dispuesto en la Ley Nº 16.246 de 8 de abril de 1992 y los
citados Decretos Reglamentarios Nos. 412/992 y 413/992 de 1º de setiembre
de 1992.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Apruébase la Resolución de Directorio de la Administración Nacional de
Puertos Nº 115/3.457 de 16 de abril de 2008, por la cual se procedió a la
ampliación de la habilitación a la empresa TACUA S.A., para prestar
servicios portuarios en los Puertos de Paysandú y Salto en las categorías
ya habilitadas por Resoluciones del Poder Ejecutivo Nos. 1078/92, 668/94 y
1171/95 mencionadas en el Resultando I de la presente resolución.

2

 Comuníquese y vuelva a la citada Administración Nacional, a sus efectos.

RODOLFO NIN NOVOA - VICTOR ROSSI
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