Comuníquese y previa toma de razón por parte del Contador Central
delegado por el Tribunal de Cuentas de la República en el Ministerio de
Transporte y Obras Públicas, vuelva a la Dirección Nacional de Vialidad
para notificar a las firmas oferentes y proceder en los términos
establecidos en el Decreto Nº 526/003 de 18 de diciembre de 2003 y demás
efectos.