La empresa LISERIL S.A. podrá hacer uso del crédito previsto en el art.
44 del Decreto No. 220/998 por el Impuesto al Valor Agregado generado en
la adquisición en plaza de los materiales destinados a la inversión
proyectada, hasta un monto de IVA incluido en dichos materiales
equivalente a 2.562,52 (dos mil quinientos sesenta y dos con cincuenta y
dos) unidades reajustables.