Visto: la solicitud de Sudamtex de Uruguay S.A. tendiente a que se le
autorice a importar equipos al amparo de la resolución del Poder Ejecutivo
de fecha 1º de octubre de 1980, por la cual fue declarada de Interés
Nacional.
Resultando: la Unidad Asesora de Promoción Industrial considera que
correspondería el dictado de una resolución ampliatoria de la precitada, a
fin de incluir dentro de las exoneraciones otorgadas en la misma, una
urdidora completa, una bobinadora completa, una calandra completa, dos
retorcedoras completas, todas con sus respectivos accesorios y un conjunto
de repuestos para la maquinaria, esta inversión adicional asciende a la
suma de dólares 568.508,00, representando un 13% del monto total de la
inversión del activo fijo previsto, situándose la tasa interna de retorno
en 10,7% y en 11,2% para la económica y financiera respectivamente.
Atento: a lo informado por la Unidad Asesora de Promoción Industrial y
lo dispuesto por la ley 14.178, de 28 de marzo de 1974 (de Promoción
Industrial),
El Presidente de la República
RESUELVE:
Amplíase la resolución del Poder Ejecutivo de fecha 1º de octubre de
1980, - por la cual se declaró de Interés Nacional el proyecto presentado
por Sudamtex de Uruguay S.A. (III) para la modernización de sus telares y
la incorporación de una rama larga para apresto - en el sentido de incluir
dentro del listado de equipamiento exonerado en el numeral 2º de dicha
resolución, una urdidora completa, una bobinadora completa, una calandra
completa, dos retorcedoras completas todas con sus respectivos accesorios
y un conjunto de repuestos para la maquinaria, declarados no competitivos
de la industria nacional.