VISTO: la solicitud de la empresa COMPAÑÍA OLEAGINOSA URUGUAYA S.A.,
tendiente a ampararse al Decreto 455/007 de 26 de noviembre de 2007 en el
sentido de adecuar al nuevo régimen de promoción de inversiones los
beneficios otorgados mediante Resolución del Poder Ejecutivo de 31 de
marzo de 2008, por la que se declaró promovida la actividad de su proyecto
de inversión;
RESULTANDO: La empresa manifiesta la conveniencia de la misma de adecuar
los beneficios del proyecto promovido mediante Resolución del Poder
Ejecutivo de 31 de marzo de 2008 al nuevo régimen de acuerdo al Decreto
455/007, en virtud de los mayores beneficios que este régimen otorga;
CONSIDERANDO: la Dirección Nacional de Industrias del Ministerio de
Industria, Energía y Minería y la Comisión de Aplicación creada por el
art. 12 de la Ley No. 16.906 de 7 de enero de 1998, consideran que
corresponde acceder a lo solicitado;
ATENTO: a lo expuesto y lo establecido en el Decreto Ley No. 14.178 del 28
de marzo de 1974, en la Ley No. 16.906 del 7 de enero de 1998 y en el
Decreto No. 455/007 de 26 de noviembre de 2007;
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE:
1
(*)
(*)Notas:
Este numeral dio nueva redacción a: Resolución Nº 204/008 de 31/03/2008
numeral 1.