El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
VISTO: estos antecedentes relacionados con la inhabilitación de la firma MANUEL BOULLOSA S.A., como empresa operadora de servicios portuarios y por consiguiente su correspondiente anotación en el Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios.
RESULTANDO: I) Que la citada empresa, fue habilitada mediante Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 10 de julio de 2006 a prestar servicios en el Grupo "Al buque" en la Categoría "Reparaciones Navales" en el Puerto de Montevideo.
II) Que con fecha 8 de febrero de 2013, la mencionada empresa fue suspendida totalmente por incumplir con los requisitos relativos a la garantía y al seguro de responsabilidad civil, establecidos en los artículos 8° y 9° del Reglamento de Habilitación de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios, aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 413/992 de fecha 1° de setiembre de 1992.
III) Que en consecuencia, la precitada Administración, a través de la Resolución de su Directorio N° 397/3.932 de fecha 27 de junio de 2018, procedió a inhabilitar a MANUEL BOULLOSA S.A., supeditado ello a la aprobación del Poder Ejecutivo.
IV) Que la Dirección Nacional de Transporte (Dirección General de Transporte Fluvial y Marítimo) y el Área Servicios Jurídicos (Departamento Asesoría Letrada) del Ministerio de Transporte y Obras Públicas indican que no existen obstáculos de índole jurídico para la inhabilitación promovida, por lo que procede dictar resolución aprobando lo actuado por el citado Servicio Descentralizado.
CONSIDERANDO: los informes precedentes.
ATENTO: a lo dispuesto en los artículos 14 y 18 del Reglamento de Habilitación de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios, aprobado por el artículo 1° del Decreto N° 413/992 de fecha 1° de setiembre de 1992, así como en los artículos 9 y 16 de la Reglamentación de la Ley N° 16.246 de fecha 8 de abril de 1992, aprobada por el artículo 1° del Decreto N° 412/992 de fecha 1° de setiembre de 1992.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
Apruébase la Resolución N° 397/3.932 de fecha 27 de junio de 2018 del Directorio de la Administración Nacional de Puertos, por la cual inhabilita a la firma MANUEL BOULLOSA S.A., para prestar servicios portuarios en el Grupo "Al buque" en la Categoría "Reparaciones Navales" en el Puerto de Montevideo, y por consiguiente su inscripción en el Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Portuarios.