Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: El planteo realizado por la Empresa MONTELECNOR S.A., cuyo giro es
INGENIERIA Y CONSTRUCCION, a fin de que se extienda el plazo del Seguro
por Desempleo a 39 (treinta y nueve), de sus trabajadores.
RESULTANDO: I) Que la citada empresa se encontró obligada a reducir
transitoriamente las obras, debiendo enviar a parte de su personal al
Seguro de Paro.
II) Que factores coyunturales adversos, ajenos a su gestión, determinan
que la empresa se vea imposibilitada de reingresar en forma inmediata a
los mismos.
CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el Inciso 2º del Art. 10º del Decreto-ley Nº
15.180.
II) Que resulta de interés general mantener esta importante fuente de
trabajo, para que la empresa continúe efectuando gestiones tendientes a
concretar la reactivación.
III) Que resulta conveniente extender el amparo al Seguro por Desempleo a
los trabajadores afectados por la medida.
ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por el Art. 10 del
Decreto-ley Nº 15.180 de 20 de Agosto de 1981.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA
RESUELVE
Otórgase por el plazo de 90 (noventa) días a partir de sus respectivos
vencimientos, el beneficio de Seguro por Desempleo que otorga el Banco de
Previsión Social, a 39 (treinta y nueve), trabajadores de la empresa
MONTELECNOR S.A., que se encuentren en condiciones legales de acceder al
mismo.
El monto del subsidio que por esta Resolución se concede, se liquidará
de conformidad a lo que preceptúa el artículo 6º del Decreto Ley Nº
15.180, de 20 de agosto de 1981.