Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
VISTO: la gestión promovida por la Dirección Nacional de Hidrografía,
solicitando sea reputada a favor del Estado, la embarcación LOBO,
propiedad del Señor Daniel Zimber o Zimler.
RESULTANDO: I) Que por Resolución de la citada dependencia de fecha 8 de
julio de 2013 se intimó al Sr. Daniel Zimber o Zimer el pago de lo
adeudado por la embarcación LOBO, por concepto de uso de suelo, en el
plazo de diez días hábiles bajo apercibimiento de reputar la embarcación
abandonada a favor del Estado.
II) Que la Dirección Nacional de Hidrografía sugiere, habiendo vencido el
plazo dispuesto en la intimación sin que se hubiera dado cumplimiento a la
misma, reputar la embarcación a favor del Estado.
III) Que se dio vista al propietario mediante publicación en el Diario
Oficial N° 28986 del 18 de junio de 2014, N° 28987 del 20 de junio de 2014
y N° 28988 del 23 de junio de 2014, al amparo de lo establecido en el
Artículo N° 94 del Decreto 500/91 del 27 de setiembre de 1991, no
evacuando la misma.
IV) Que el Área Servicios Jurídicos (Departamento Asesoría Letrada) del
Ministerio de Transporte y Obras Públicas al expedirse al respecto
manifiesta que, no existe ningún tipo de obstáculo en dictar resolución
reputando abandonada en favor del Estado la embarcación LOBO.
ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 236, de la Ley N° 16.320 de 1° de
noviembre de 1992, según redacción dada por el artículo N° 212 de la Ley
N° 17.930, de fecha 19 de diciembre de 2005.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
Repútase abandonada a favor del Estado, la embarcación LOBO, varada en el
Puerto de Punta del Este, propiedad del Señor Daniel Zimber o Zimler, sin
perjuicio de la responsabilidad pecuniaria por los gastos que demanden las
operaciones, cuya relación, aprobada por el Ministerio de Transporte y
Obras Públicas, constituirá título ejecutivo.
Comuníquese, publíquese en legal forma la verificación del abandono,
pérdida de todos los derechos que existieran a favor de terceros y por el
Área Servicios Jurídicos (Departamento Contencioso y Sumarios) notifíquese
al interesado.
Cumplido, siga a la Dirección Nacional de Hidrografía para su conocimiento
y demás efectos.