Visto: la gestión del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social,
solicitando la autorización correspondiente para proceder a dar de baja
determinados valores que han perdido vigencia.
Considerando: que el procedimiento en trámite está regulado por el
mecanismo que establece la normativa vigente en la materia,
correspondiente al Poder Ejecutivo dictar el acto administrativo que
autorice a dar de baja el material en desuso.
Atento: a lo expuesto, a lo establecido por el artículo 9º del decreto
125/980, de 25 de febrero de 1980 y artículo 1º y 2º del decreto 250/977,
de 11 de mayo de 1977,
El Presidente de la República
RESUELVE:
Autorízase al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, a dar de baja
la existencia de valores que han perdido vigencia y/o deteriorados, cuya
nómina figura anexa a estas actuaciones e integra la presente resolución.
Dése cumplimiento a lo establecido en el artículo 9 del decreto
125/980, de 29 de febrero de 1980 que regula el procedimiento a seguir por
la Administración en estos casos.