ADMINISTRACION NACIONAL DE USINAS Y TRASMISIONES ELECTRICAS. EXONERACION IMPOSITIVA POR IMPORTACIONES




Promulgación: 09/07/2007
Publicación: 16/07/2007
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2007
  •    Página: 80

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 A los efectos del control y seguimiento, la Administración Nacional de
Usinas y Trasmisiones Eléctricas, deberá informar anualmente, ante la
Comisión de Aplicación y en forma simultánea ante el Ministerio de
Industria, Energía y Minería, respecto de la implantación del proyecto
durante los años de implementación física del mismo y durante los años 1 a
10, sobre la ejecución y cumplimiento de las metas del proyecto, así como
del uso de los beneficios promocionales otorgados según esta Resolución.
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