PRORROGA DE SUBSIDIO POR DESEMPLEO. JOCKEY CLUB DE MONTEVIDEO




Promulgación: 27/05/1998
Publicación: 08/06/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
  VISTO: La solicitud efectuada por el Jockey Club de Montevideo, a fin de
que se extienda el beneficio de Seguro por Desempleo que abona el Banco de
Previsión Social a 40 (cuarenta) de sus empleados.

  RESULTANDO: I) Que debido a la notoria y grave crisis que afecta al
Jockey Club de Montevideo, se ha suspendido transitoriamente la
organización de la actividad turfística en el Hipódromo de Maroñas.

              II) Que dicha medida, provoco una angustiosa situación para
todos los trabajadores que directa o indirectamente dependen de esta
actividad, y cuya solución lamentablemente no se ha alcanzado aún, sin
perjuicio, que, en la órbita parlamentaria, se esta estudiando un proyecto
que tienda a solucionar integralmente la temática del Hipódromo de
Maroñas.

  CONSIDERANDO: I) Que la presente prórroga se encuentra dentro de los
plazos estipulados por el inciso 2º del artículo 10º del Decreto-Ley Nº
15.180.

                II) Que resulta de interés general el mantenimiento de la
fuente de trabajo que proporciona la institución, pues, de no concederse
la presente prórroga del Seguro de Desempleo, estaríamos frente a un
problema social de muy difícil reparación, considerando no solo la
trascendencia que la actividad tiene para la zona de Maroñas, sino también
la repercusión que el principal hipódromo del país tiene respecto a todo
el turf y elevage nacional.

                III) Que en tal sentido, resulta conveniente conceder una
extensión del amparo al Seguro por Desempleo a efectos de otorgar un plazo
prudencial, mientras el proyecto de ley mencionado recorre todos los
trámites de rigor parlamentario.

  ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo
10º del Decreto-Ley Nº 15.180 de 20 de agosto de 1981.

                     EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                               RESUELVE:

1

Extiéndase por el plazo de 90 (noventa) días, a contar desde los
respectivos vencimientos, el amparo del beneficio del Seguro por Desempleo
que otorga el Banco de Previsión Social, a los 40 (cuarenta) trabajadores
del Jockey Club, que se encuentren en condiciones legales de acceder al
mismo. 

2

COMUNIQUESE, publíquese, etc. 

SANGUINETTI - ANA LIA PIÑEYRUA
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