Ver vigencia: Resolución Nº 871/984 de 10/10/1984 numeral 1.
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Exonérase a la firma "Kambara Atún S.A." (en formación), del recargo a la
importación, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 2º de la ley
12.670, de 17 de diciembre de 1959, incluso el mínimo conforme el artículo
30 de la ley 15.294, de 23 de junio de 1982, del IMADUNI de conformidad
con el artículo 4º inciso b, de la ley 14.629, de 5 de enero de de 1977;
de la Tasa de Movilización de Bultos atento a lo previsto en el artículo
27 de la ley 14.629, de 5 de enero de 1977, de la tasa Consular por lo
dispuesto en el artículo 524 de la ley 14.189, de 30 de abril de 1974, y
del Impuesto al Valor Agregado de acuerdo a lo establecido en el artículo
1º del decreto 303/982, de 31 de agosto de 1982.