AUTORIZACION A ANP A CANCELAR HABILITACION DE SERVICIOS PORTUARIOS. M.I.M. S.R.L.




Promulgación: 26/04/2000
Publicación: 04/05/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2000
  •    Página: 794
VISTO: la gestión promovida por la Administración Nacional de Puertos
tendiente a la inhabilitación de la firma M.I.M. S.R.L. como empresa
Operadora de Servicios Portuarios.

RESULTANDO: I) Que dicha inhabilitación obedece al incumplimiento de la
misma; en particular respecto de los requisitos establecidos en el
Capitulo III (artículos Nº 9) del Decreto 413/992 de fecha 1º de
setiembre de 1992.

II) Que la Administración Nacional de Puertos, por Resolución del
Directorio Nº 110/3137 de fecha 15 de marzo de 2000, procedió a la
inhabilitación -supeditada a la aprobación del Poder Ejecutivo- de la
referida empresa para la prestación de los servicios mencionados,
remitiendo las actuaciones al Ministerio de Transporte y Obras Públicas.

II) Que dicha Secretaría de Estado, por intermedio de su Asesoría Técnica
en Asuntos Portuarios, y su Departamento Letrado, no formulan
observaciones al respecto.

ATENTO: a lo dispuesto en la Ley Nº 16.246 del 8 de abril de 1992 y los
citados Decretos Reglamentarios Nros 412/992 y 413/992 de 1º de setiembre
de 1992.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                RESUELVE:

1

 Apruébase la inhabilitación dispuesta por la Administración Nacional de
Puertos a la firma M.I.M. S.R.L., como empresa Operadora de Servicios
Portuarios debiendo dicho organismo proceder a la anotación de la misma
en el Registro correspondiente, según lo previsto en el inciso tercero,
in fine, del artículo 14 del Decreto Nº 412/992 del 1º de setiembre de
1992.

2

 Comuníquese y vuelva a la Administración Nacional de Puertos a sus
efectos.

BATLLE - LUCIO CACERES
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