AUTORIZACION A USUARIO DE ZONA FRANCA.RIO NEGRO. ZONA FRANCA RIO NEGRO S.A.




Promulgación: 06/07/1992
Publicación: 29/09/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Referencias a toda la norma

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   Zona Franca Río Negro S.A. deberá abonar al Estado un canon equivalente
al 5% (cinco por ciento) de la totalidad de los ingresos brutos que
perciba cada semestre Zona Franca Río Negro S.A. de sus usuarios directos
por el arrendamiento o utilización de predios y construcciones de la zona.

   La suma correspondiente será pagadera por Zona Franca Río Negro S.A.
dentro del término de sesenta días de vencido cada período semestral. 
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