DECLARACION DE MONUMENTO HISTORICO NACIONAL. EDIFICIO DE LA JEFATURA DE POLICIA DE LA CIUDAD DE PAYSANDU




Promulgación: 01/09/2011
Publicación: 14/09/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2011
  •    Página: 636
VISTO: Que un grupo de habitantes y de asociaciones significativas de la
ciudad de Paysandú han manifestado su interés en que sea declarado
Monumento Histórico Nacional el edificio de la Jefatura de Policía de la
ciudad de Paysandú en mérito a una serie de características que confieren
a la construcción de una identidad tal que ameritan su protección legal
reconociendo sus relevantes calidades patrimoniales.

RESULTANDO: Que el bien se ubica en la 1ra. Sección Judicial Ciudad de
Paysandú, padrón 1727, con frente a la calle Leandro Gómez 1039, fue
construida por el arquitecto Francisco Poncini habiéndose iniciado su
construcción en el año 1860 y siendo inaugurado en 1864.

CONSIDERANDO: I) Que el edificio es testimonio material de un período de
progreso y desarrollo de Paysandú durante los períodos en que fue Jefe
Político el Cnel. Basilio Pinilla, quien fue el promotor de la
construcción no sólo de este edificio sino también del Hospital de la
Caridad, el Teatro "El Progreso" y la "Basílica Nuestra Sra. del Rosario y
San Benito de Palermo". Se trata de un edificio público construido en
respuesta a las necesidades de consolidar la República, y que se mantiene
como tal en sus funciones hasta el día de hoy.

II) Que representa a las corrientes neoclásicas que en arquitectura se
desarrollaron durante el siglo XIX de particular influencia italiana. Es
obra de Francisco Poncini, arquitecto de origen y formado en Italia, quien
nos legara además otras importantes obras. Ha colaborado en la
construcción de la Jefatura el escultor italiano José Livi, quien es autor
de las dos esculturas sobre el pretil hacia la fachada (representando a la
justicia y a la esperanza) así como también del brocal de mármol de
Carrara esculpido en una sola pieza, que se encuentra en el patio del
edificio.

III) Que los servicios técnicos de la Comisión del Patrimonio Cultural de
la Nación han estudiado la propuesta y la información proporcionada,
concluyendo que este edificio representa por sus características
arquitectónicas y artísticas y por su valor histórico-testimonial, un bien
patrimonial que debería ser designado Monumento Histórico Nacional.

IV) Que el Poder Ejecutivo animado del propósito de preservar aquellos
bienes que representan para el lugar en el cual se emplazan y para la
comunidad nacional, un relevante testimonio histórico cultural, accederá a
lo solicitado declarando Monumento Histórico Nacional al edificio de la
Jefatura de Policía de Paysandú, ubicado en la calle Leandro Gómez 1039 de
la ciudad de Paysandú, padrón 1727, primera sección judicial de Paysandú.

ATENTO: A lo dispuesto por los artículos 160, 168 .24 y 181.1 de la
Constitución de la República, Resolución de fecha 1 de junio de 2006, lo
informado por la Comisión del Patrimonio Cultural de la Nación, y a lo
previsto por la Ley N° 14.040 de 20 de octubre de 1971 y Decreto
reglamentario 536/72.

                   EL MINISTRO DE EDUCACIÓN Y CULTURA,
                  en ejercicio de atribuciones delegadas

                                RESUELVE:

1

 DECLÁRASE Monumento Histórico Nacional el Edificio de la Jefatura de
Policía de la Ciudad de Paysandú ubicado en la calle Leandro Gómez 1039,
Padrón 1727, Primera Sección Judicial de Paysandú.

2

 EL inmueble queda gravado con las servidumbres legales previstas en el
artículo 8 de la Ley N° 14.040 de 20 de octubre de 1971.

3

 COMUNIÍQUESE al Registro de la Propiedad Sección Inmobiliaria de
Paysandú, al Ministerio del Interior, a la Intendencia Municipal de
Paysandú, a la Dirección Nacional de Catastro, y a la Oficina Delegada de
Catastro de Paysandú.

4

 PUBLÍQUESE en el Diario Oficial.

5

 CUMPLIDO, remítanse estas actuaciones a la Comisión del Patrimonio
Cultural de la Nación para su registro y posterior archivo.

RICARDO EHRLICH
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