VISTO: estas actuaciones por las cuales la Dirección Nacional de
Comunicaciones da cuenta de la solicitud formulada por la empresa
"TELSTAR S.A." para que se le extienda a todo el territorio nacional, la
autorización oportunamente otorgada para la prestación comercial del
servicio inalámbrico de transmisión de datos.-
RESULTANDO: I) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 709/999 de fecha
19 de agosto de 1999, se autorizó a TECHINT S.A. la instalación y
operación con carácter comercial, de una red inalámbrica de banda ancha
para la prestación en forma no exclusiva del servicio de transmisión de
datos que no involucre la prestación del servicio de radiodifusión y
telefonía.-
II) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 1085/999 de 27 de setiembre
de 1999 se autorizó a "TECHINT S.A." la cesión de todos los derechos y
obligaciones emergentes de la Resolución del Poder Ejecutivo 709/999 a
favor de "TELSTAR S.A.".-
III) que las condiciones técnico-administrativas de instalación, puesta
en funcionamiento y operación del sistema deben ser establecidos por la
Dirección Nacional de Comunicaciones, incluyendo las frecuencias
radioeléctricas.-
CONSIDERANDO: que la Dirección Nacional de Comunicaciones informa que no
existen inconvenientes en acceder a lo solicitado.-
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Asesoría
Letrada del Ministerio de Defensa Nacional y lo dispuesto en el numeral
3) del artículo 4to. del Decreto-Ley 15.671 de 8 de noviembre de 1984, en
la redacción dada por el artículo 9no. de la Ley 16.211 de 1ro. de
octubre de 1991.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
RESUELVE:
Autorízase a la empresa "TELSTAR S.A." la prestación en forma no
exclusiva del servicio comercial de transmisión de datos con carácter
nacional, con excepción de los servicios de telefonía y radiodifusión, a
través de un sistema que emplee tecnologías terrestres.-