ADJUDICACION DE FRECUENCIA DE RADIODIFUSION. 1570 KHZ. TOMAS GOMENSORO. ARTIGAS




Promulgación: 02/05/2000
Publicación: 10/05/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2000
  •    Página: 802
VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Dirección Nacional de
Comunicaciones da cuenta de la solicitud formulada por el señor Raúl
Mario Franco Keel, en representación de "CELESTE SOCIEDAD COLECTIVA"
adjudicataria de la emisora CW-157-A en AM que opera la frecuencia 1570
Khz, en la localidad de Tomás Gomensoro, departamento de Artigas, para
que se otorgue un aumento de potencia.-

RESULTANDO: I) que por la Resolución del Poder Ejecutivo (Número interno
73.373) de fecha 15 de diciembre de 1994, se autorizó al señor Raúl Mario
Franco Keel a operar una estación de radiodifusión en amplitud modulada
en la frecuencia 1570 Khz, en la localidad de Tomás Gomensoro,
departamento de Artigas.-

II) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 462/999 del 18 de junio de
1999, se autorizó la transferencia de la titularidad de la difusora de AM
de la localidad de Tomás Gomensoro, departamento de Artigas, CV-157-A,
frecuencia 1570 Khz, a la sociedad "CELESTE SOCIEDAD COLECTIVA".-

III) que según consta en el Acuerdo Internacional RJ-81 con el número de
serie 11724, la característica de la estación uruguaya que opera en la
frecuencia 1570 Khz, debe denominarse CW-157-A y no CV-157-A como se
denominaba.-

IV) que fundamenta su petitorio en la necesidad de mejorar su cobertura
en las zonas rurales limítrofes.-

CONSIDERANDO: I) que de estudios técnicos realizados, surge la
posibilidad de un aumento de potencia de hasta 1 Kw. en servicio diurno y
0,5 Kw. en el servicio nocturno.-

II) que se efectuaron oportunamente las coordinaciones correspondientes.-


ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo establecido en el artículo
4to. del Decreto-Ley 15.671 del 8 de noviembre de 1984, en la redacción
dada por el artículo 9no. de la Ley 16.211 del 1ro. de octubre de 1991 y
artículo 17 del Decreto 734/978 del 20 de diciembre de 1978 y a lo
informado por la Dirección Nacional de Comunicaciones.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

                                RESUELVE:

1

 Autorízase a la sociedad "CELESTE SOCIEDAD COLECTIVA" adjudicataria de
la frecuencia de AM en 1570 KHz, CW-157-A RADIO CELESTE, en la localidad
de Tomás Gomensoro, departamento de Artigas, un aumento de potencia a 1
Kw. en el servicio diurno y 0,5 Kw. en el servicio nocturno.-

2

 Establécese que sí en la práctica la estación produjera interferencias
perjudiciales a otros servicios radioeléctricos ya instalados, los
interesados deberán cesar de inmediato las transmisiones, y tomar las
medidas necesarias para su eliminación; de persistir éstas deberá reducir
su potencia a los parámetros autorizados por la Resolución del Poder
Ejecutivo 73.373 mencionada.-

3

 Establécese que la presente autorización no modifica el carácter de
precario y revocable, no generando derecho a reclamo o indemnización de
clase alguna.-

4

 Comuníquese, publíquese y vuelva a la Dirección Nacional de
Comunicaciones a sus efectos. Cumplido archívese.-

BATLLE - LUIS BREZZO
Ayuda