REVOCACION DE LA AUTORIZACION PARA FUNCIONAR COMO ENTIDAD DE INTERMEDIACION FINANCIERA A CREDIT LYONNAIS URUGUAY S.A.




Promulgación: 20/09/2012
Publicación: 27/09/2012
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 2
  •    Año: 2012
  •    Página: 869
VISTO: La gestión promovida por "Credit Lyonnais Uruguay S.A. (en
liquidación).

RESULTANDO: I) que la misma solicitó la revocación de la autorización que
oportunamente se le confiriera, para funcionar como entidad de
intermediación financiera;

II) que por Resolución de la Asamblea Extraordinaria de Accionistas de
fecha 23 de enero de 2008, la gestionante dispuso su disolución y
liquidación anticipada como sociedad comercial y promover el retiro
voluntario de la entidad ante el Banco Central del Uruguay;

III) que el 19 de mayo de 2009, la Superintendencia de Servicios
Financieros del Banco Central del Uruguay, resolvió la inhabilitación para
funcionar como institución de intermediación financiera de Credit Lyonnais
Uruguay S.A. (en liquidación), a partir del cierre de las operaciones del
día 23 de enero de 2008, por haber cesado voluntariamente sus actividades;

IV) que la empresa ha culminado con el proceso de liquidación de activos y
pasivos, aprobando en Asamblea Extraordinaria de Accionistas de fecha 28
de diciembre de 2009, el balance final de la liquidación con patrimonio
cero;

CONSIDERANDO: I) que ha cesado la relación laboral con sus empleados,
obteniendo la baja de la Caja de Jubilaciones y Pensiones Bancarias y del
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social;

II) que asimismo, de acuerdo con los informes emitidos por el asesor legal
contratado, no existen litigios o reclamaciones en trámite contra la
empresa gestionante;

III) que analizados los recaudos y los trámites cumplidos, el Banco
Central del Uruguay y la Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y
Finanzas concluyeron, que no existen objeciones que formular a la
solicitud de la revocación impetrada.

ATENTO: a lo dispuesto por el Decreto Ley No. 15.322 de 17 de setiembre de
1982 y demás disposiciones concordantes y complementarias, a lo informado
por el Banco Central del Uruguay y por la Asesoría Jurídica del Ministerio
de Economía y Finanzas;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                RESUELVE:

1

 Revócase la autorización para funcionar como entidad de intermediación
financiera, a CREDIT LYONNAIS URUGUAY S.A.

2

 Siga a la Auditoria Interna de la Nación para su notificación.

3

 Cumplido, comuníquese, devuélvase la documentación que corresponda,
expídase copia testimoniada y archívese.-

JOSÉ MUJICA - FERNANDO LORENZO
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