RENUNCIA A LA PRESTACION DEL SERVICIO DE TELEVISION PARA ABONADOS. RINCON. GENERAL ENRIQUE MARTINEZ. TREINTA Y TRES




Promulgación: 02/05/2000
Publicación: 10/05/2000
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2000
  •    Página: 804
Referencias a toda la norma
VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Dirección Nacional de
Comunicaciones da cuenta de la renuncia presentada por la empresa "ICCE
S.A.", al permiso otorgado por el Poder Ejecutivo para prestar el
servicio de televisión para abonados, por las modalidades "cable" y TDH
en las localidades de Rincón y General Enrique Martínez del departamento
de Treinta y Tres.-

RESULTANDO: I) que por las Resoluciones del Poder Ejecutivo 545/993 de 2
de julio de 1993, 730/998 de 9 de setiembre de 1998 y 640/999 de 10 de
agosto de 1999, la mencionada empresa adquirió su calidad de
permisionaria.-

II) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 214/998 de 10 de marzo de
1998, se autorizó, entre otros, a la solicitante, la explotación del
servicio en las localidades que ahora solicita renunciar.-

CONSIDERANDO: I) lo dispuesto por el numeral 3) del artículo 3ro. y por
el numeral 2) del artículo 4to. del Decreto-Ley 15.671 de 8 de noviembre
de 1984, en la redacción sustitutiva dada por los artículos 8vo. y 9no.
de la Ley 16.211 de 1ro. de octubre de 1991.-

II) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 459/997 de 28 de mayo de
1997 se autorizó a los permisionarios del servicio de televisión para
abonados del interior del país, a ampliar su área de servicio en el
departamento en que estuvieren operando, empleando determinadas
tecnologías aptas para ello.-

III) que el proyecto de ampliación del área de servicio presentado por
"ICCE S.A.", fue aprobado -entre otros- por el Poder Ejecutivo según la
Resolución del Poder Ejecutivo 214/998 de 10 de marzo de 1998.-

IV) que el referido permisionario, se ha presentado voluntariamente a
declinar los beneficios de la autorización concedida.-

ATENTO: a lo expuesto precedentemente, a lo dispuesto por los
Decretos-Leyes 15.671 de 8 de noviembre de 1984 y 14.670 de 23 de junio
de 1977, Ley 16.211 de 1ro. de octubre de 1991, Decreto 349/990 de 7 de
agosto de 1990, sus modificativos y complementarios y a lo informado por
la Dirección Nacional de Comunicaciones y por la Asesoría Letrada del
Ministerio de Defensa Nacional.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

                                RESUELVE:

1

 Acéptase la renuncia presentada por la empresa "ICCE S.A." a suministrar
el servicio de televisión para abonados, por las modalidades "cable" y
TDH en las localidades de Rincón y General Enrique Martínez del
departamento de Treinta y Tres.-

BATLLE - LUIS BREZZO
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