CESION DE ACCIONES. TELEVISION. TELEVISORA LARRAÑAGA S.A.




Promulgación: 18/06/1999
Publicación: 01/07/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 2
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1999
  •    Página: 1383
VISTO: las presentes actuaciones por las cuales la Dirección Nacional de
Comunicaciones da cuenta de la petición formulada por la Sociedad
"Televisora Larrañaga S.A.", permisionaria del Canal 12 TV de Montevideo,
para que se le autorice la transferencia de las acciones pertenecientes a
la señora Manón Herrera Risso de Podestá a favor de los señores Luis
Eduardo Cardoso Vivo, Mercedes, Cecilia, Virginia, Rosina y Carlos Pombo
Fernández; Antonio Vivo Bonomi; Enrique Lalanne Courtoisie y Federico
Enrique, Andrés Jorge, Adriana María, Alicia María y Daniel Pierre
Lalanne Bove.-

RESULTANDO: I) que por la Resolución del Poder Ejecutivo 815/994 de 2 de
agosto de 1994, se autorizó a la señora Manón Herrera Risso de Podestá a
ser integrante de la Sociedad "Televisora Larrañaga S.A.", permisionaria
del Canal 12 TV de Montevideo.-

II) que por la Resolución citada se estableció que los integrantes de
dicha Sociedad permisionaria son los señores Luis Eduardo Cardoso Vivo,
Mercedes, Cecilia, Virginia, Rosina y Carlos Pombo Fernández; Antonio
Vivo Bonomi; Enrique Lalanne Courtoisie.-

III) que por documento privado de fecha 18 de junio de 1998, se
prometieron en venta las acciones referidas, estando sujeto dicho
contrato, a las condiciones de aprobación establecidas en la normativa
vigente, siendo exigible la acreditación, en forma legal, del negocio
definitivo.-

CONSIDERANDO: I) que los solicitantes han dado cumplimiento a las
exigencias dispuestas por el artículo 8vo. del Decreto 734/978 de 20 de
diciembre de 1978 y artículos 3ro., 4to. y 5to. del Decreto 350/986 de 8
de julio de 1986 y Decretos 347/992 de 21 de julio de 1992 y 586/990 de
18 de diciembre de 1990.-

II) que la Dirección Nacional de Comunicaciones informa que no existen
inconvenientes técnicos ni jurídicos para acceder a lo solicitado.-

ATENTO: a lo precedentemente expuesto a lo informado por la Dirección
Nacional de Comunicaciones y a lo dispuesto por el Decreto-Ley 14.670 de
23 de junio de 1977, Decretos 734/978 de 20 de diciembre de 1978, 347/992
de 21 de julio de 1992 y 586/990 de 18 de diciembre de 1990 y demás
normas complementarias y concordantes.-

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,

                                RESUELVE:

1

 Autorízase la transferencia de acciones de la Sociedad "Televisora
Larrañaga S.A.", permisionaria de Canal 12 TV de Montevideo,
pertenecientes a la señora Manón Herrera Risso de Podestá a favor de los
señores Luis Eduardo Cardoso Vivo; Mercedes, Cecilia, Virginia, Rosina y
Carlos Pombo Fernández; Antonio Vivo Bonomi; Enrique Lalanne Courtoisie y
Federico Enrique, Andrés Jorge, Adriana María, Alicia María y Daniel
Pierre Lalanne Bove.-

2

 Establécese que en un plazo de 120 días a contar de la presente
Resolución la sociedad permisionaria de referencia, deberá acreditar ante
la Dirección Nacional de Comunicaciones, haber realizado en forma legal
la modificación de la integración de la emisora referida.-

3

 Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección Nacional de
Comunicaciones, a sus efectos. Cumplido, archívese.-

SANGUINETTI - CARLOS MA. OLARREAGA
Ayuda