VISTO: la Resolución del Poder Ejecutivo de fecha 2 de mayo de 2012,
obrante en autos.
RESULTANDO: I) Que por el Numeral 1° del citado acto administrativo se
aceptó la propuesta de Iniciativa Privada presentada por la firma TRUNLAN
S.A., denominada: "El Puertito", consistente en la remodelación,
ampliación y modernización del Puerto del Buceo, al amparo de lo
establecido en los artículos 19 y 20 de la Ley N° 17.555 de 18 de
setiembre de 2002 y su Decreto Reglamentario N° 442/002 de 28 de setiembre
de 2002.
II) Que asimismo por el Numeral 2° literal a), se estableció un plazo de
120 (ciento veinte) días para la presentación del estudio de factibilidad
técnica, por parte de la citada firma.
III) Que por nota de fecha 24 de agosto de 2012, TRUNLAN S.A., tomando en
consideración la complejidad y tiempos involucrados en la preparación del
mencionado estudio de factibilidad técnica, solicita una prórroga de 60
(sesenta) días para la presentación del mismo.
IV) Que la Dirección Nacional de Hidrografía del Ministerio de Transporte
y Obras Públicas, se expidió favorablemente a la solicitud de que se
trata.
CONSIDERANDO: que se estima conveniente dictar resolución que contemple
dicho extremo.
ATENTO: a lo dispuesto por la Ley N° 17.555 de 18 de setiembre de 2002 y
su Decreto Reglamentario N° 442/002 de 28 de setiembre de 2002.
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
RESUELVE:
1
Prorrógase en 60 (sesenta) días el plazo de presentación por parte de la
firma TRUNLAN S.A., del Estudio de Factibilidad Técnica, para su propuesta
de Iniciativa Privada denominada: "El Puertito", consistente en la
remodelación, ampliación y modernización del Puerto del Buceo.