VISTO: estas actuaciones por las cuales la Dirección Nacional de
Comunicaciones da cuenta de la petición formulada por María Luisa Montero
Zorrilla y por los señores Martín, Leonel Enrique y Noela Celia Aguirre
Gomensoro, para que se transfieran las acciones de la Sociedad
"Televisora Larrañaga S.A.", permisionaria del Canal 12 TV de Montevideo,
pertenecientes al señor Martín Aguirre Rodríguez Larreta.-
RESULTANDO: que con fecha 4 de setiembre de 1996 falleció testado, el
señor Martín Aguirre Rodríguez Larreta, habiéndose declarado únicos y
universales herederos del citado causante, a sus hijos legítimos Martín,
Leonel y Noela Aguirre Gomensoro, sin perjuicio de los derechos de su
cónyuge supérstite María Luisa Montero Zorrilla y las disposiciones
testamentarias.-
CONSIDERANDO: I) que los solicitantes han dado cumplimiento a las
exigencias dispuestas por el artículo 8vo. del Decreto 734/978 de 20 de
diciembre de 1978 y por los artículos 3ro., 4to. y 5to. del Decreto
350/986 de 8 de julio de 1986.-
II) que la Dirección Nacional de Comunicaciones informa que no existen
inconvenientes técnicos ni jurídicos para acceder a lo solicitado.-
ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto por el Decreto-Ley
14.670 de 23 de junio de 1977, Decreto 734/978 de 20 de diciembre de 1978
y demás normas complementarias y concordantes.-
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
RESUELVE:
1
Autorízase la transferencia de acciones de la "Sociedad Televisora
Larrañaga S.A.", permisionaria de Canal 12 TV de Montevideo,
pertenecientes al señor Martín Aguirre Rodríguez Larreta, a favor de
María Luisa Montero Zorrilla, Martín, Leonel y Noela Aguirre Gomensoro.-