AMPLIACION DE DECLARACION DE INTERES NACIONAL. PROYECTO DE INVERSION. COMPAÑIA INDUSTRIAL DE TABACOS MONTE PAZ S.A.




Promulgación: 03/06/1998
Publicación: 11/06/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1998
  •    Página: 1052

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Otórgase a la firma COMPAÑIA INDUSTRIAL DE TABACOS MONTE-PAZ S.A. la
exoneración prevista en el art. 1o. del Decreto Ley No. 15.548, con la
redacción dada por el art. 419 de la Ley No. 15.903, hasta un monto máximo
generador de dicha exoneración de US$ 3.047.659, que será  aplicable de la
siguiente manera: US$ 1.453.657 a los ejercicios fiscales comprendidos
entre el 1o./07/97 y el 30/06/99 y US$ 1.594.002 a los ejercicios fiscales
comprendidos entre el 1o./07/98 y el 30/06/2000.
  En virtud del art. 3o. del decreto Ley No. 15.548, el financiamiento de
la ampliación del proyecto no dará lugar al beneficio de canalización del
ahorro previsto en el Decreto Ley No. 14.178, art. 9o.
  La empresa COMPAÑIA INDUSTRIAL DE TABACOS MONTE-PAZ S.A. tendrá un plazo
máximo para realizar las modificaciones estatutarias y trámites que sean
necesarios ampliando el capital autorizado, y emitir las acciones
correspondientes al capital integrado, de acuerdo al inciso 1o. del
presente numeral, hasta el día 30/06/2001.
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